El referendo sobre las uniones civiles de parejas del mismo sexo, programado para diciembre, no pasó del intento. Con buen criterio, la Sala Constitucional acogió un recurso de amparo interpuesto en contra de la votación. Hasta hoy, solo se conoce la parte resolutiva de la sentencia, cuya redacción íntegra se divulgará en las próximas semanas. Lo sabido hasta hoy basta para concluir que no hay oportunidad de replantear la iniciativa. El referendo es historia, en buena hora.
Hay dos motivos fundamentales para acoger la noticia con agrado. En primer lugar, los magistrados se negaron a permitir el sometimiento de los derechos de una minoría a los dictados de la mayoría. El fallo se constituye en un baluarte para la defensa de los derechos humanos en Costa Rica y los sitúa más allá del capricho de coyunturales coaliciones mayoritarias.
Los proponentes del referendo argumentan que es mayor injusticia imponer el criterio de una minoría. No es cierto. La opinión mayoritaria puede ser desoída con justicia cuando marcha a contrapelo de los derechos humanos fundamentales. El desenfreno de las mayorías es responsable de abusos y aun atrocidades a lo largo de la historia. Las primeras víctimas, como dicta la lógica, son las minorías. El ímpetu luego se vuelve contra los disidentes e incómodos del propio grupo mayoritario.
Por otra parte, ninguna minoría intenta imponer su criterio en Costa Rica. La comunidad homosexual pugna por el derecho a no ser discriminada, no por la imposición de su estilo de vida a la colectividad. Pretende el reconocimiento de sus derechos sin violentar los de los demás.
En segundo lugar, la decisión de los magistrados ahorra al país un ejercicio electoral de alcances muy limitados. El resultado del referendo no puede decidir la cuestión a manera de punto final. Si el referendo hubiera logrado el porcentaje de participación necesario y la mayoría hubiera votado en contra de la ley de uniones civiles, el expediente habría pasado al archivo, pero nada impediría la inmediata presentación a la Asamblea Legislativa de un nuevo proyecto, con iguales propósitos.
Si el Congreso postergara el trámite del nuevo proyecto, ningún obstáculo afrontarían los defensores de las uniones civiles para llevar los casos de discriminación a la jurisdicción constitucional, con excelentes posibilidades de éxito. Quizá con mayorías más amplias que la conformada para frenar el referendo, la Sala probablemente habría acogido reclamos de igualdad frente a la ley en relación, por ejemplo, con diversos aspectos del tratamiento dispensado a las uniones de hecho entre heterosexuales.
En efecto, el voto de la Sala reconoce: “Las personas que tienen relaciones con una pareja del mismo sexo son un grupo en desventaja y objeto de discriminación que precisa del apoyo de los poderes públicos para el reconocimiento de sus derechos constitucionales”.
Esta aseveración es un mapa de ruta para la Asamblea Legislativa, cuyas opciones consisten en dar trámite al proyecto para resolver la cuestión de una vez, o dar la espalda a la realidad para obligar a las parejas homosexuales a emprender una larga lucha judicial por sus derechos, ya esbozados, en términos muy generales pero inequívocos, por la Sala Constitucional.
Tomar el segundo camino es una omisión injustificable en perjuicio de un grupo de costarricenses cuyo pleno goce de sus derechos está, sencillamente, postergado.
Las fracciones del Movimiento Libertario y del Partido Acción Ciudadana ya se pronuncian en contra del inmovilismo. Ambas proponen debatir el proyecto de ley. Falta saber la opinión del resto del Congreso.