El presidente, Luis Guillermo Solís, entiende la necesidad de limitar las pensiones excesivas, todas ellas asignadas a funcionarios del Estado, sea en el Poder Judicial o en otras instituciones públicas. La medida es necesaria para sanear las finanzas estatales y, también, para corregir graves injusticias cometidas contra la vasta mayoría de costarricenses. Ser empleado público no debe conllevar el derecho a disfrutar privilegios con cuyo goce los demás ciudadanos no pueden siquiera soñar.
El primer proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso procura disminuir los excesos del régimen de pensiones del Poder Judicial, pero fue redactado por los propios administradores del fondo, sin apego a las observaciones de la Superintendencia de Pensiones (Supén), que advierte de la insuficiencia de la medida para garantizar la salud del sistema.
Todos los costarricenses tenemos interés en evitar el colapso del régimen de la Corte porque, si se produjera, implicaría una súbita e insostenible carga para las finanzas públicas, que se traduciría en inflación, disminución de las inversiones estatales y otros males. No es justo arriesgar el bienestar económico de todo un país para asignarle a un puñado de funcionarios beneficios inexistentes en el resto de las ocupaciones.
El proyecto, por lo menos, constituye una confesión de las previsibles dificultades del régimen. De lo contrario, el Poder Judicial no lo habría redactado ni la Corte Plena habría solicitado al presidente de la República su envío a conocimiento de la Asamblea Legislativa. Es, entonces, un paso adelante luego de la obstinada defensa del sistema desplegada por los funcionarios judiciales hasta hace poco.
Las condiciones previstas para la jubilación en el nuevo proyecto distan mucho de la equidad en relación con el régimen más extendido en el país, Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), de la Caja Costarricense de Seguro Social. Los funcionarios se pensionarían con un tope del 75% del salario más alto de la Corte y se les impondría, ¡oh tragedia!, la edad mínima de jubilación de 55 años.
Pero aun esas previsiones son para un futuro distante, porque un transitorio del proyecto lo hace inaplicable a quienes hayan cumplido 20 años de pertenecer al régimen. La disposición deja por fuera a un número suficientemente importante de empleados judiciales como para que la Supén lo estime incapaz de evitar el colapso en el 2026, es decir, en apenas 12 años.
“Ellos mismos han dicho que el régimen colapsará en el 2026. Lo que el transitorio dice, prácticamente, es que se mantienen los beneficios hasta que colapse el régimen”, dice Édgar Robles, cabeza de la Supén. Según el Gobierno, la iniciativa fue enviada al Congreso para aquilatar su conveniencia en el transcurso del debate legislativo. Ojalá así sea y los diputados se hagan guiar por el sentido de la justicia y la economía. Robles anunció la intención de ganar apoyo de la Presidencia para plantear un texto sustitutivo que ponga fin al “montón de privilegios” incorporados al sistema.
Los jefes de varias fracciones legislativas han manifestado su voluntad de poner coto a las pensiones de lujo. La oportunidad de comenzar por las del Poder Judicial se les presenta ahora, con el envío del proyecto de ley limitado a la regulación de ese régimen, pero hay otros sistemas necesitados de revisión.
El viceministro de la Presidencia, Daniel Soley, reveló la existencia de una voluntad similar en el Poder Ejecutivo. Según dijo, la Administración está decidida a revisar no solo las pensiones del Poder judicial, sino también todas las que “sobrepasen el tope legal de diez salarios base”. Ese tope, desde luego, está muy por encima de la pensión máxima del IVM, donde la edad mínima de retiro está, también, muy lejos de los 55 años.