A tres años de la entrada en vigor de la ley contra el crimen organizado, la plataforma de información policial, una base de datos necesaria para facilitar las investigaciones, todavía está en pañales. Las imprecisiones legales y la falta de presupuesto explican el atraso.
Las primeras impiden a los responsables de desarrollar la plataforma exigir la entrega de información a las instituciones donde se encuentra. El Organismo de Investigación Judicial (OIJ) solicita los datos, pero sus custodios dudan sobre la posibilidad de entregarlos sin incurrir en faltas por revelar informaciones confidenciales de sus clientes y usuarios.
Solo el 50% de las entidades requeridas han accedido a entregar la información. Las razones de la reticencia de las demás son atendibles. La ley debe definir con precisión los datos cuyo suministro es posible sin incurrir en responsabilidades. Así lo exigen la salvaguarda de la privacidad de los ciudadanos, la armonía de la ley con otras donde se establece la protección de determinados datos y los deberes impuestos a quienes los custodian.
Según el director ejecutivo del Poder Judicial, Alfredo Jones, ningún ciudadano sin cuentas pendientes con la justicia debe temer al uso de la información con fines policiales. El planteamiento es insuficiente. Los ciudadanos tiene derecho a sustraer del conocimiento de otros, incluida la Policía, cierto tipo de datos. La legítima vulneración de ese derecho solo es posible, en determinados casos, mediante la orden de un juez.
Hay buenas razones para conservar esa garantía, pese a los loables propósitos de combatir el crimen organizado. Por eso es necesario perfeccionar las definiciones legislativas, insuficientes en la normativa aprobada para combatir el crimen organizado. El OIJ no puede aspirar a contar con toda la información disponible en las bases de datos de diversas instituciones, pero solo se le debe negar lo estrictamente necesario para proteger la privacidad, definida en forma restrictiva.
En cuanto al presupuesto, la ley también responde por las deficiencias. El proyecto cuenta con financiamiento procedente de los recursos decomisados al crimen organizado, exceptuando el narcotráfico porque ese dinero ya tiene otros fines. Hasta ahora, dice el comisionado antidrogas, Mauricio Boraschi, el financiamiento previsto por ley consiste, apenas, en ¢3 millones, cuando el costo de desarrollar la plataforma se estima en ¢1.200 millones.
El Poder Judicial ha suplido la falta de capital con dinero salido de su presupuesto, pero, en esencia, se trata de otra pieza de legislación aprobada sin la necesaria asignación de recursos necesarios para llevarla a la práctica, caso común en nuestra Asamblea Legislativa.
La Contraloría General de la República instó al Poder Judicial a hacer las gestiones necesarias para reformar la ley, y Jorge Rojas, exdirector del OIJ, envió un proyecto a la Comisión Legislativa de Seguridad sin conseguir la atención de sus integrantes. La indiferencia contrasta con el entusiasmo demostrado por el Congreso cuando la ley fue aprobada. En ese momento, mostrar disposición a combatir el crimen organizado ofrecía una rentabilidad política mucho mayor que la asociada con una reforma parcial para subsanar los defectos de la ley.
Las labores de inteligencia son la característica distintiva de la lucha contra el crimen organizado. Es una delincuencia sofisticada, a menudo transnacional y dependiente de complejas estructuras organizativas donde no siempre el autor material del delito es su último responsable.
El país encara importantes retos de esa naturaleza y la Policía Judicial no puede estar desprovista de los instrumentos necesarios para encararlos.
El equilibrio entre la disponibilidad de la información necesaria y la protección de otros derechos ciudadanos es, en primera instancia, una labor legislativa, siempre sujeta a revisión judicial. El Congreso debe actuar con prontitud para aclarar la ley y remediar sus ambiguedades.