Un proyecto de ley impulsado por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) impondría a las empresas de radio y televisión la cesión de media hora diaria para transmitir propaganda política durante la campaña electoral. La justificación es tan simple como peligrosa: los medios electrónicos emplean el espectro radioeléctrico propiedad del Estado y, en consecuencia, se les puede imponer determinados contenidos de utilidad pública.
En efecto, los medios electrónicos son concesionarios de frecuencias estatales, pero la concesión se les otorga para desarrollar una propuesta de entretenimiento e información independiente. El éxito de esa propuesta es producto del ingenio y la inversión de las empresas, no del dictado estatal. Mutilar las facultades de los medios electrónicos privados para decidir el contenido y horario es un ataque directo al desarrollo de sus empresas.
Desafortunadamente, la imposición de contenidos por mandato de ley ya existe en Costa Rica, aunque no en la escala propuesta por el proyecto de marras. Además, el texto nada dice de los horarios de la pauta propagandística ni menciona cómo se asignarán los espacios específicos. También es omiso en cuanto a la extensión de los anuncios. Por lo pronto, no hay manera de saber si un partido puede consolidar su tiempo o fraccionarlo a gusto. La respuesta, potencialmente dañina para la programación regular, queda al arbitrio del TSE, tanto como los horarios.
El Tribunal promete impedir la concentración de los anuncios en horas de menor audiencia, es decir, promete secuestrar los minutos más valiosos, con grave daño para la economía de las emisoras. Una hora de televisión en los horarios de mayor audiencia ( prime time ) permite hasta 14 minutos de anuncios. No siempre se llega a ese número porque conseguirlo depende de la gestión de ventas y las necesidades del mercado publicitario. Pero el prime time se extiende, cuando mucho, unas tres horas al día. En consecuencia, la propuesta del TSE es reservarse la libertad de sustraer a las televisoras poco más del 71% de sus espacios publicitarios más apetecidos y mejor pagados.
Esos espacios son el producto de las empresas electrónicas de comunicación, cuyos costos no cesan durante la campaña electoral. Son valiosos precisamente porque las compañías invierten en programación extranjera o producciones nacionales, entre las cuales se cuentan los noticieros que enriquecen el debate público nacional.
Los medios a los cuales se les pretende imponer la obligación de transmitir propaganda gratuita compiten, además, con otros donde el Estado no tiene la misma excusa para semejantes pretensiones. La televisión por cable erosiona las audiencias tradicionales, por lo general atrayéndolas hacia contenidos producidos en el exterior, sin mayores beneficios para la economía local, como la creación de fuentes de empleo y el desarrollo de destrezas técnicas.
Normas como las propuestas existen en otros países, pero generalmente se aplican a los medios estatales. En muchas naciones ni siquiera las emisoras públicas se ven afectadas, y del puñado donde la ley alcanza a las privadas, pocas son ejemplo de desenvolvimiento democrático y solidez institucional. Generalmente, las legislaciones se abstienen de imponer contenidos a las emisoras privadas, no obstante el uso del espectro público.
El TSE se inspira en el loable propósito de limitar el gasto en los torneos electorales. Esa es una aspiración compartida por la sociedad costarricense. La pregunta es si, para lograrlo, es necesario confiscar su producto a empresas nacionales cuya participación en el desarrollo del país es apreciable.