La población penitenciaria excede en 36,5% la capacidad de las cárceles y falta trasladar a otros 126 reos recluidos en celdas del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), apenas adecuadas para detenciones de corta duración. La sobrepoblación no debería existir pero, vista la realidad de la infraestructura carcelaria, el nivel máximo de tolerancia se fijó en 20%.
Ese “ideal”, de todas formas nocivo, está lejos de cumplirse y ocho de las catorce prisiones del país no pueden recibir más reos porque las autoridades judiciales les han impuesto, con razón, el cierre técnico. También asistido por la razón, Francisco Segura, director del OIJ, planteó un recurso de amparo a favor de los 126 detenidos en las celdas del Organismo, donde no hay condiciones adecuadas para su permanencia.
Los detenidos en las instalaciones del OIJ no tienen acceso a la luz solar, carecen de camas y privacidad en los servicios sanitarios, no reciben visitas conyugales y se les dificulta ver a parientes. Tampoco pueden ejercitarse ni disfrutar del derecho al esparcimiento.
Esos reos no pueden ser recibidos en las cárceles, como lo pretende Segura, ni tampoco permanecer en las celdas del OIJ. En ambos extremos del debate hay razones incontestables. El sistema penitenciario llegó al punto de quiebra. En menos de ocho años, la población penitenciaria creció un 80,4% y Costa Rica se convirtió en un país con alta tasa de encarcelamiento, pero el número de plazas disponibles no aumentó al mismo ritmo.
Hay urgencia de desarrollar nuevas instalaciones penitenciarias, pero también de reflexionar sobre la política criminal. En las cárceles solo deben permanecer los reos cuyo internamiento sea necesario por la habitualidad de su conducta delictiva, la peligrosidad de su comportamiento o la gravedad de los delitos. Para los demás existen las medidas alternativas y el sometimiento al régimen semiinstitucional.
En esa línea de razonamiento merecen especial atención las soluciones tecnológicas, como el uso de brazaletes, extendido en otros países pero rechazado en el nuestro por los partidarios de las ideas más represivas. La vigilancia electrónica puede sustituir el internamiento en casos de prisión preventiva por delitos de poca peligrosidad o cuando la conducta de los sentenciados no plantee un grave riesgo para la sociedad.
Bien definidas las hipótesis de aplicación de la vigilancia electrónica y establecidos los mecanismos para atender con prontitud los incumplimientos –que deben ser castigados con severidad– los brazaletes y la aplicación de otras medidas alternativas pueden contribuir a descongestionar las cárceles, facilitar la reinserción del sentenciado en la sociedad y conservar el control necesario sobre quienes hayan delinquido.
La cuarta parte de los detenidos en nuestras prisiones están allí por razones preventivas. Muchos son absueltos luego de meses o años de encarcelamiento. La agilización de los procesos penales también contribuiría a descongestionar las cárceles y, sobre todo, a no mantener reos sin condena.
Sin esas mejoras, los proyectos más ambiciosos del Ministerio de Justicia, programados para concretarse en el 2015, no darán abasto. Un crédito del Banco Interamericano de Desarrollo financiará la ampliación de las instalaciones existentes en 2.700 plazas. Este año, el Ministerio construirá otras 600 plazas con recursos propios. La suma total es apenas la necesaria para llevar el hacinamiento a límites tolerables si la tasa de encarcelamiento de los tres próximos años no crece a ritmo acelerado. Si las ampliaciones proyectadas existieran hoy, habría unos 300 presos de más, sin contar los 126 detenidos en celdas del OIJ.