Las operadoras de la telefonía celular cancelaron el costo de sus concesiones, se sometieron a los dictados de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, firmaron los contratos pertinentes y se lanzaron al mercado, conscientes de la necesidad de cumplir las exigencias de cobertura y calidad establecidas en la negociación con el Estado.
La lógica apuntaría a que este último se empeñaría en asegurar el cumplimiento, facilitándolo cuando fuera posible y exigiéndolo cuando fuera necesario. Sucedió lo contrario. Los operadores sufren atrasos y se han visto obligados a recurrir al ingenio para ofrecer la cobertura estipulada en los contratos en el marco temporal fijado para ese fin. No les ha faltado voluntad para cumplir. Por el contrario, se han visto en la necesidad de pelear para lograrlo.
El Estado les ha opuesto resistencia. Un importante grupo de municipalidades les niegan los permisos para instalar las torres indispensables para extender la señal. El uso de las instalaciones ubicadas allí donde han conseguido permisos, la instalación de radiobases en vallas publicitarias y otras estructuras preexistentes y el uso de plataformas rodantes dan testimonio del empeño puesto por los operadores en cumplir los contratos para ampliar su negocio, pero el resultado es insuficiente y costoso.
En otros niveles del Estado, a los funcionarios no les quedó más remedio que admitir su responsabilidad en el incumplimiento y alterar los plazos fijados en los contratos. Las torres existen en todo el mundo, incluida Costa Rica, donde operan desde hace más de quince años, cuando el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) comenzó a brindar telefonía celular, pero el debate surgió con la apertura telefónica, como si las discutibles objeciones dependieran de quién opera la torre.
En el 2011, un fallo de la Sala Constitucional ordenó a las municipalidades remover obstáculos a la erección de torres y otorgar los permisos sin previo ajuste de los planes reguladores y los reglamentos de zonificación, esgrimidos por muchas de ellas como excusa. Otras alegaban, simple y sencillamente, la ausencia de tales planes y reglamentos.
No fue suficiente. El Tribunal Contencioso Administrativo acaba de condenar a las municipalidades de Curridabat y Montes de Oca por las restricciones impuestas a la instalación de torres. Las normas sobre altura, ubicación y distancias hacían prácticamente imposible instalar las estructuras necesarias y el Tribunal las encontró ayunas de sustento técnico y jurídico.
Aun así, el problema no está resuelto, no solo porque las dos municipalidades recurrieron a Casación, sino porque en el centro del país hay otras ocho, cuando menos, donde rigen idénticas restricciones, según informó Wálter Herrera, miembro del Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel). En caso de confirmación de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, está por verse si esas municipalidades experimentarán en cabeza ajena y se apresurarán a modificar los reglamentos sin necesidad de un nuevo proceso judicial.
El sentido común apuntaría a la necesidad de revisar las normas y conceder los permisos, pero la resistencia es obstinada y bien puede ser necesario transitar, una vez más, el camino de Montes de Oca y Curridabat. Tibás, Oreamuno, Santo Domingo y San Isidro, todos cantones muy poblados y necesitados de buenas telecomunicaciones, están entre los reductos de inopinada resistencia.
El caso deja al Estado costarricense en entredicho. Contrata, cobra y exige. Luego, impide a la contraparte cumplir sus obligaciones y explotar a plenitud el negocio, cuyos beneficios para el país son un postulado de las nuevas políticas en materia de telecomunicaciones. Los inversionistas nacionales y extranjeros tienen derecho a aspirar a una conducta coherente.