El crédito constituye un importante elemento del sistema económico. Facilita el emprendimiento de proyectos de interés para la colectividad y permite a quienes tienen recursos, pero no cuentan con buenos proyectos, obtener un interés por sus ahorros. El crédito se utiliza para financiar actividades productivas y también de consumo, sin el cual tampoco habría producción. Pero, como todo, debe ser utilizado y concedido en el marco de la prudencia, porque de aliado puede pasar a ser villano.
En las empresas, el sobreendeudamiento constituye un peligro para los acreedores, pues ante el menor deterioro del entorno puede llevarlas a la quiebra. Por eso, los entes financieros (bancos comerciales y otros intermediarios) se cuidan de no prestar más allá de lo justificado por los proyectos y propósitos financiados. También se aseguran de que el deudor tenga capacidad de pago, reconocida voluntad de atender sus compromisos y, como resguardo adicional, que ofrezca garantías aceptables. Los órganos supervisores, en nuestro caso el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) y la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), también establecen normas relativas al crédito, que deben ser acatadas por los intermediarios en el país.
Pero el crédito personal, destinado al financiamiento de viajes y adquisición de bienes no duraderos, como televisores y equipos de sonido, entre otros, no suele sujetarse a los mismos estándares aplicados al crédito empresarial. Buena parte de esos créditos se otorgan sin garantías reales (hipotecas, prendas). Para compensar esas deficiencias, su precio (es decir, la tasa de interés) es más alta que en el caso del crédito empresarial. Precisamente, las altas tasas cobradas por este tipo de préstamo pueden llevar a muchos intermediarios a conceder más crédito del debido. En Costa Rica, el saldo de la deuda del hogar promedio con entidades supervisadas por la Sugef se duplicó, y más, entre el 2010 y el 2016. (“ Hogares duplicaron deudas para consumo en seis años ”, Economía, La Nación, 11 de setiembre, 2017).
Esto debe verse con sumo cuidado por las siguientes razones: Primero, porque el dato no incluye lo relativo a tarjetas de crédito ni a las transacciones con entes no supervisados, como son las empresas comercializadoras de electrodomésticos. Segundo, porque expone a las partes a riesgos sistémicos, es decir, generalizados, de incumplimiento en caso de alzas en las tasas de interés, en el tipo de cambio cuando se trata de operaciones denominadas en moneda extranjera y al deterioro general de la economía, como podría ser una recesión.
En el plano individual y familiar, el sobreendeudamiento puede llegar a constituir una carga financiera insoportable si el servicio de los préstamos obliga a los deudores a incurrir en más deudas — necesariamente más caras— para atender las primeras (“efecto bola de nieve”). Esta posibilidad es reconocida por las autoridades supervisoras del país. Por eso han emitido normas destinadas a evitar que los entes regulados, que tutelan recursos del público, se expongan innecesariamente a riesgos crediticios anormales.
La Sugef administra el Centro de Información Crediticia (CIC), que mantiene actualizados los saldos de las operaciones de personas físicas y jurídicas y el historial de pagos de los deudores del sistema financiero supervisado, lo cual sirve para consulta al analizar nuevas solicitudes de crédito. Desafortunadamente, el CIC no incluye la información de las deudas con entidades no reguladas, como las empresas que venden electrodomésticos o muebles a crédito y los prestamistas informales. Conviene, por tanto, que al menos la obligación de informar al CIC se extienda a los primeros.
También podría ser conveniente la adopción de un sistema de aprovisionamiento acelerado conforme mayores sean los atrasos de las personas físicas y jurídicas en el servicio de sus préstamos. Esto es particularmente importante en el caso de las tarjetas de crédito, donde del todo no suelen operar las garantías reales. En suma, una política de concesión y administración del crédito personal que privilegie la prudencia es bienvenida, no solo para los acreedores sino, también, para los propios deudores.