El 3 de diciembre, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó 15 enmiendas constitucionales propuestas por el Poder Ejecutivo, una de las cuales cataloga la información como “servicio público”, en consonancia con la Ley de Comunicación en vigor desde el 2013.
La definición no es cuestión de semántica. Entendida como servicio público, la información pasa a ser materia de regulación estatal, como el transporte remunerado de personas y otros servicios. Elevado a rango constitucional el principio establecido por ley, ya no hay barreras para el intervencionismo estatal en los medios.
La ley del 2013 ha sido esgrimida para presionar y censurar a la prensa independiente desde el momento de su aprobación. Ahora, su autoridad mana directa y explícitamente de una Constitución diseñada para uniformar el discurso público e impedir la disidencia más significativa. Pero la libertad de prensa y expresión no es patrimonio de los medios, los periodistas o el gobierno. Pertenece a las personas, a todas ellas, como derecho humano fundamental. La brutal vulneración de ese derecho por el Congreso ecuatoriano es ilegítima, no importa cuántos diputados hayan votado a favor.
La Ley Orgánica de Comunicación faculta a la Superintendencia de la Información y Comunicación (Supercom) para controlar y censurar a los periodistas. Las sanciones, draconianas y arbitrarias, ya han causado el cierre de varios medios. Una norma de esa naturaleza es incompatible con las garantías constitucionales. Por eso, los congresistas intentan legitimarla mediante la reforma a la Carta Magna, pero eso es imposible.
La moderna doctrina y jurisprudencia sobre derechos humanos concede la máxima jerarquía a la protección de las garantías fundamentales y las sustrae de las manos del legislador. En Costa Rica y en Chile, entre otros países respetuosos de los derechos humanos, los más altos tribunales aceptan explícitamente ese principio.
Con la reforma constitucional, Ecuador se sale definitivamente del concierto de naciones comprometidas con los derechos humanos, como lo hiciera Venezuela en su momento, cuando el Tribunal Constitucional declaró inaplicables las sentencias de la Corte Interamericana en cuanto se opusieran a la Constitución nacional, según ellos mismos la interpretan.
El fuerte instrumento de represión aprobado en Ecuador se une a la red de medios de comunicación en manos del Gobierno, incluidas más de 300 radioemisoras, para difundir un solo mensaje y ahogar los demás.