Mañana, la polémica generada por el plan de cobro por descarga de datos en el servicio pospago de Internet celular mantendrá ocupados a los magistrados de la Sala Constitucional.
Esa instancia judicial programó para este jueves a las 9 a. m. una audiencia para conocer los argumentos en relación con un recurso de amparo presentado el 12 de junio contra la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) y el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt).
“El recurrente (quien presenta el recurso) manifiesta no estar de acuerdo con el cambio y las modificaciones en el cobro que pretende realizar Sutel. Además que dicha entidad es juez y parte en esa materia y será quien tome la decisión correspondiente”, se lee en un comunicado de la Sala.
La propuesta de la Sutel, con respaldo de los tres operadores telefónicos, plantea que la Internet móvil sea tasada en pospago bajo una tarifa de ¢0,0075 por kilobyte. Ya esa modalidad se aplica en prepago.
Tal posibilidad no eliminaría la actual tarifa plana por velocidad de conexión.
Camino empedrado. La propuesta iba a ser sometida a audiencia pública el 1.° de julio pasado.
No obstante, contra la convocatoria se presentaron una solicitud de medida cautelar ante el Tribunal Contencioso Administrativo y un recurso ante la Sala, del diputado cartaginés Mario Redondo. Este alegó que la Sutel violentó el principio de defensa del usuario.
La solicitud ante el Contencioso no prosperó, mientras que el amparo logró suspender la audiencia. Esa gestión se declaró sin lugar en sesión del 8 de agosto.
Luego de esa decisión a su favor, la Sutel esperaba la resolución completa para definir si llamaba a una nueva audiencia pública.
Este martes, sin embargo, la Sala anunció la convocatoria a una vista por un segundo recurso de amparo, cuyo autor se desconoce.
Durante la vista o audiencia de mañana, tanto el recurrente como la Superintendencia darán sus argumentos. Igualmente, participan los coadyuvantes en favor de cada una de las partes.
La Defensoría de los Habitantes anunció que dará su “posición técnica” contra la forma de cobro en “aras de proteger los derechos e intereses de los usuarios”.
Según la Sala IV, “este mecanismo (audiencia) representa una garantía de razonabilidad para el usuario y un instrumento idóneo para la defensa de sus derechos; un mecanismo de formación de consenso para la opinión pública y una garantía objetiva de transparencia de los procedimientos”.