El Ministerio de Hacienda aprueba a ciegas el pago de la dedicación exclusiva para el Gobierno Central, un beneficio otorgado a quienes se comprometen a no ejercer su profesión fuera del sector público.
José Francisco Pacheco, viceministro de Egresos de Hacienda, reconoció que “no hay estudios técnicos que determinen a cuántas personas se les debería pagar dedicación o prohibición. El primer paso en este sentido es contar con el detalle de la cantidad de funcionarios que reciben la compensación”.
Un antecedente generado en la falta de tamices previos al pago de tal incentivo es el que protagonizó el exdiputado del Movimiento Libertario, Peter Guevara, mientras fue asesor legislativo entre el 2009 y el 2014.
Durante ese periodo, Guevara cobró dedicación exclusiva. Sin embargo, a partir de febrero del 2013 y hasta mayo del 2014 se desempeñó también como director administrativo y financiero de la televisora CB24.
La prohibición de Guevara era para laborar como arquitecto. Pero, al momento de recibir el pago, tenía más de 12 años de no ejercer la profesión.
Guevara, actual candidato libertario a alcalde por Santa Ana, dijo a este diario que nunca violó la dedicación exclusiva, porque su trabajo fuera del Congreso no tenía relación con su profesión, la arquitectura.En cifras. De los 135.000 trabajadores del Gobierno Central, casi 50.000 (uno de cada tres) cobran dedicación exclusiva, trámite cuya aprobación depende solo de un oficio del jerarca institucional, sin mayor análisis o estudio posterior por parte de Hacienda.
Esa dinámica para elegir a quiénes se les concede el beneficio elevó a ¢125.000 millones el monto del presupuesto del 2016 que se destinará para financiar únicamente ese plus.
Según la oficina de prensa de la Dirección General del Servicio Civil (DGSC), de los 110.000 funcionarios nombrados bajo ese régimen, 95.000 son profesionales.
De ese total, casi 19.000 reciben el citado privilegio. Los restantes 63.000 son docentes, quienes no pueden optar por este. Los otros 30.000 profesionales que ganan ese incentivo ocupan puestos de confianza en los ministerios o están designados interinamente.
Qué es. El carácter de contrato bilateral está claro en el concepto de dedicación exclusiva definido por la Procuraduría General de la República (abogado del Estado).
La entidad considera que es un convenio bilateral, en el cual los empleados se comprometen a no ejercer en forma particular ninguna profesión, pacto por el que el Gobierno les retribuye con un porcentaje adicional sobre su salario base.
Esa proporción es de un 20% para los bachilleres y de un 55% para los licenciados.
En el caso de la prohibición, que, a diferencia de la dedicación exclusiva, es inherente al cargo, el Estado paga hasta un 65% sobre el salario base.
A la prohibición no se puede renunciar, mientras que la dedicación exclusiva es un contrato que el empleado podría rechazar.
Ese tipo de incentivo ya no se paga a los funcionarios nuevos de entidades públicas que decidieron implementar el salario único o global, modalidad que no contempla pluses.
Hay instituciones, como la Contraloría General de la República (CGR), que solo pagan prohibición y no dedicación.
¿Soluciones? El viceministro Pacheco dejó ver que apenas se exploran soluciones para controlar el pago de dedicación exclusiva.
Una de ellas es la directriz emitida por el Ministerio de Hacienda, en marzo, que ordena a los jerarcas emitir un informe anual a la DGSC, donde detallen la cantidad de funcionarios que reciben el incentivo y el fundamento legal para solicitarlo.