Este viernes la Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo presentado por varios vecinos de Poás y Barrio Corazón de Jesús de Aserrí, quienes se quejan de que se les suministra agua contaminada.
Los magistrados comprobaron que los vecinos tienen razón, ya que la captación es a cielo abierto, con el agravante de que el Laboratorio Nacional de Aguas del el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (ICAA) había recomendado no suministrar a la comunidad aguas de captaciones superficiales sin una planta de tratamiento, debido al alto grado de contaminación.
Pese a las denuncias de los quejosos ante el ICAA, el Ministerio de Salud y la Asociación Administradora del Acueducto Rural (Asada) de las localidades implicadas, no hubo una respuesta adecuada, por lo que acudieron a la Sala IV.
A pesar de que la entidad rectora en acueductos y alcantarillados del país giró recomendaciones a la Asada a fin de que solucionara definitivamente el citado problema, esta última no ha cumplido tales recomendaciones y el avance no ha sido significativo.
Los siete magistrados consideraron que la situación denunciada conlleva una vulneración al derecho a la salud de los vecinos, concretamente a su derecho al suministro de agua potable, el cual ha sido resguardado reiteradamente por la jurisprudencia constitucional.
Así las cosas, las instituciones involucradas deben ahora abocarse a la solución del problema o asumir los riesgos que su incumplimiento conlleva.
Llamamos por teléfono a la Asada de barrio Corazón de Jesús, donde Francisco Hernández comentó que desconocían el fallo del Tribunal. Al enviarle el fallo por correo electrónico afirmó que se referirían al mismo posteriormente.
En un fallo previo, la Sala IV también se pronunció sobre el problema por contaminación del agua en Guanacaste y San Carlos, lo que obligó a la autoridades a corregir el problema.