Un informe elaborado por el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa delata diversos fallos en el proyecto de reforma al Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD) que podrían en riesgo la aplicación de la legislación si fuera aprobada.
El estudio señala vacíos jurídicos que harían “inviable e ineficaz” el plan en caso de llegar a convertirse en ley de la República.
Asimismo, cita seis posibles inconstitucionalidades en la propuesta de reforma. La iniciativa espera aprobación en primer debate en el plenario legislativo.
El documento, del cual La Nación tiene copia, fue emitido el 27 de marzo pasado y responde a una solicitud del diputado independiente Luis Fishman, uno de los principales críticos del plan.
El reporte también da cuenta de omisiones y falta de claridad en la redacción que podrían afectar su puesta en práctica.
“El proyecto de ley contiene normas imprecisas, incompletas y confusas, o sea, de una ineficiencia técnica legislativa, lo cual atenta contra el principio de seguridad jurídica y de claridad de la norma”, dice el documento de 28 páginas (que no es vinculante), firmado por la subdirectora de Servicios Técnicos, Natasha Morales.
La propuesta de ley crea una “figura híbrida” inexistente en la organización administrativa estatal, agrega el análisis, en referencia al Consejo Rector del SBD.
Este consejo carece de personalidad jurídica propia, y al no otorgársele ninguna naturaleza jurídica, no se le puede imputar ningún derecho ni obligación, mucho menos podría actuar y cumplir las funciones de máximo jerarca.
“Esto vuelve la propuesta de ley ‘inviable e ineficaz’ (...). En síntesis, el proyecto crea un mecanismo de financiamiento que no puede hacerse efectivo ya que no existe un ente u órgano decisor que ostente personalidad jurídica plena para cumplir con las funciones encomendadas”, resalta el reporte.
Cambio inconveniente. Además, Servicios Técnicos advierte de que, al bajar el castigo a los bancos privados que no realicen los giros de recursos para el SBD, de una sanción administrativa grave (con 15 años de suspensión), a tan solo una multa (tasa básica más cuatro puntos sobre lo no girado), más bien se favorece ese incumplimiento.
“De esta forma podría desnaturalizarse el objetivo de esta reforma, que es precisamente contar con mayores recursos para financiar e impulsar proyectos productivos que promuevan la movilidad social”, cita el estudio.
Entre los posibles roces con la Constitución, el informe menciona que no se hicieron consultas obligatorias a instituciones afectadas con la reforma legislativa.
Una de esas entidades es el Banco Central, al cual se le pidió criterio respecto al texto base, pero no sobre el texto sustitutivo que introdujo cambios sustanciales. Tampoco se le pidió criterio sobre el documento que finalmente fue dictaminado ni sobre las mociones incorporadas vía artículo 137.
Asimismo, podría ser inconstitucional obligar al Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) a entregar parte de sus recursos al SBD, ya que los aportes obligatorios de patronos que recibe el INA deben ser usados de acuerdo con el artículo 67 de la Constitución Política.
Consultado sobre el estudio ténico, Fishman indicó que el documento no solo le da la razón respecto a un posible debilitamiento del SBD, sino que señala otros errores. “Hay temas constitucionales muy graves y nos ponen contra la pared si queremos aprobarlo”, aseveró.
La diputada de Liberación Nacional (PLN), Annie Saborío, explicó que desconocía el informe y ayer no fue posible localizar a otros legisladores del oficialismo.
Miguel Aguiar, director de la Secretaría Técnica del SBD, aseguró el viernes que, si se ve de manera integral, el proyecto de reforma sí es una buena solución para los problemas que arrastra el Sistema.