San José
El trámite de legalización de un extranjero en el país puede demorar un máximo de 90 días - tres meses-, en su proceso ordinario; y es el primer requisito para que el foráneo pueda ejercer un trabajo en suelo nacional.
El trámite retoma importancia pues los patronos tienen tiempo hasta el próximo 31 de julio para regularizar el estado de sus trabajadores extranjeros en el país. Las multas podrían ascender hasta los ¢5 millones.
Así lo explicó la directora de migración y extranjería, Kathya Rodríguez, quien enfatizó que el proceso debe ser iniciado personalmente por el extranjero en las oficinas de migración del país.
Para ello el interesado deberá aportar, entre otros ducumentos, su pasaporte al día, hoja de delincuencia y certificado de nacimiento.
Rodríguez dejó claro, que el que una persona extranjera este legal en el país no le es suficiente para poder ser contratado y ejercer un oficio o profesión.
En este punto, la directora recordó que el foráneo debe contar con un permiso de trabajo, solicitadado en el mejor de los casos, desde el momento en que hace su ingreso al país.
"Puede solicitar un permiso para dedicarse a un negocio propio, por ejemplo, pero en la mayoría de los casos el visitante será un asalariado. Si así fuera, el extranjero debe contar con la carta de un patrono que asegure que necesita de sus servicios", comentó.
Un contrato laboral y estados de cuenta del futuro patrono, se suma a la información que el interesado tiene que presentar ante las autoridades de Migración para obtener dicho permiso y estar al día con la ley.
"Recordemos que una solicitud de trabajo no se da sin previo estudio, Migración debe asegurarse que la actividad que va a desempeñar el extranjero no vendrá a desplazar a ningún costarricense. Se realiza un cruce de información con el Ministerio de Trabajo para definir cuáles áreas requieren de mayor mano de obra extranjera, por ejemplo", agregó.
Responsabilidad patronal. Según Rodríguez, el tema de la legalidad recae en casi un 100% sobre el patrono, pues este debe asumir una responsabilidad contractual.
"No puede ser que un extranjero toque la puerta y ofrezca sus servicios y que el patrono solo lo contrate, sin asesorarse si la persona porta documentos o no. Sabemos que en muchos casos son extranjeros indocumentados, pero este es un tema que puede ser subsanado de acuerdo con las autoridades", enfatizó la jerarca.
Empero, aquel patrono que emplee a un ilegal y al mismo tiempo no asuma su responsabilidad como tal (en el pago de aguinaldo, salarios base, seguridad social) se expone a sanciones económicas de "consideración".
De acuerdo con la Ley de Migración y Extrajería N°8764 en su artículo 177, a partir del 31 de julio del presente año, cualquier patrono que emplee a algún trabajador ilegal se expone a una multa de hasta ¢5 millones según la gravedad de los hechos y el número de personas extranjeras a las que se les otorgue trabajo en condición irregular.