Con el fin de crear un nivel de entendimiento en los lectores de aquello que se puede esperar de los proyectos presentados en consulta por el Ejecutivo, vamos a ir abordando los aspectos más críticos –a nuestro juicio – tanto en el ámbito de renta como del impuestos al valor agregado (IVA).
En lo que respecta al proyecto del IVA, este toma los actuales criterios de la Ley del Impuesto General sobre las Ventas y universaliza las sujeciones de bienes (concepto más amplio que el de mercancías de la actual ley), ampliándolo al sector de servicios.
De esto último, lo más criticable del proyecto es dejar fuera del ámbito del impuesto los servicios profesionales de la salud, donde está una de las áreas de omisión más escandalosas en materia de renta. Por ende, sujetar dichos servicios al menos a una tarifa reducida, digamos del 5% (que es lo que contiene el proyecto para casos especiales), debería ser una aspiración no solo de orden recaudatorio, sino de claro control de la evasión de renta.
Inclusive, si fuera el caso, sujetar los servicios de salud a una tarifa aún menor seguiría siendo una excelente fuente de potencia recaudatoria en renta y de control del actual estado de contribuciones exiguas que hace el sector de salud privada en el país.
Según un informe de la Contraloría General de la República, más del 60% de los profesionales liberales presentaron declaraciones de renta con la penosa suma de tributos a pagar de cero. Es decir, no generaron un ingreso neto mensual de al menos ¢300.000; unas seis o siete citas al mes.
Consideramos a la vez que un medio oportuno y de gran eficiencia en el control tributario es brindar a los contribuyentes, personas físicas, consumidores de servicios, la posibilidad de tener derechos de deducción por los conceptos que paguen, al menos de manera parcial. Si bien mencionamos el caso de la medicina privada como foco de evasión, hay que agregar a los alquileres de vivienda, préstamos de personas no reguladas, servicios contables y legales entre otros, focos de igual incumplimiento que el denunciado por la Contraloría.
Al permitir deducciones a los contribuyentes de renta del trabajo y a las actividades profesionales y empresariales desarrolladas por personas físicas, se lograría un control extensivo del cumplimiento del IVA, así como controles cruzados para mejorar la recaudación de renta entre quienes prestan servicios.
Nota del editor: esta columna fue actualizada el 6 de abril del 2015 debido a que por un error, inicialmente apareció firmada por el abogado Ricardo González, cuando su autoría corresponde al contador público Carlos Camacho.