El reportaje publicado en este periódico el 28 de diciembre, sobre lo que opinan dos ministras del proyecto para crear un superministerio de vivienda que absorba el INVU y el Banhvi, lo analizaré con “algo” de ciencia.
1. Es necesario que la Comisión de Reforma del Estado estudie los criterios legales y funcionales de los expertos que se oponen y que fueron transmitidos a la ministra de Vivienda, sin eco alguno.
2. Los legisladores le harían un gran servicio al país si formulan a las ministras una pregunta clave, y que estoy seguro nos desaletargaría ante tanto desacierto gubernativo en las últimas décadas: ¿Qué, de todo lo que el proyecto busca al fusionar el INVU con el Banhvi, no se puede hacer hoy si el presidente y la ministra de Vivienda ejercieran las competencias y deberes que la Constitución y las leyes otorgan al Ejecutivo para lograr que todo sector funcione como una sola unidad orgánica exitosa?
Mi punto es que resultaría muy fácil demostrar —por supuesto, ante la gente seria— que no tendría ese conjunto orgánico-funcional de instituciones que llegar al cuadro de desarticulación e ineficacia que muestra en este momento, y tener que corregirlo con una nueva ley.
Me refiero al alcance operativo del artículo constitucional 140, en particular a los incisos 3, 8 y 20, y a leyes como las de planificación nacional de 1974, la general de la administración pública de 1978 y también a la de planificación urbana de 1958.
Opino que, sin clarificar con rigurosidad jurídica y sociopolítica lo anterior, ninguna nueva ley de ningún superministerio garantizará que se superarán los vicios y las prácticas propios de una cultura político-institucional matizada por la improvisación, el mero sentido común y la experiencia fallida de tantos que, aun habiendo estado en el gobierno o la Asamblea varias veces, siguen sin entender cómo debía ser el asuntito de gobernar y administrar con la visión y el liderazgo matizados por excelencia, transparencia, disciplina y eficacia ordenadas en la Constitución (en particular, en los artículos 11 y 50).
3. Sostengo que un ministerio que absorba competencias de entes autónomos nunca hará las cosas mejor que como estos hoy; mucho menos, si tales entes funcionaran como deben, lo cual fue ayer, es hoy y lo será mañana competencia del Poder Ejecutivo.
Hay en todo ministerio una rigidez administrativa de padre y muy señor mío, así como una certeza (más que un riesgo, pues las arcas públicas son mucho más voluminosas y tentadoras que en 1948) de que con el traslado de tantos cuadros técnicos que aún ostentan en sus entes independencia, dinamismo, experiencia y compromiso institucional se dé una mayor corrupción y jolgorio presupuestario al convertirlos en cuadros de confianza del ministro de turno (si se entiende qué significa el término aquí, muy distinto o disminuido a como lo practican en países serios).
4. ¿Eliminar duplicidades como motivo del proyecto de ley? El INVU regula lo urbano y construye vivienda, el Banhvi financia y el Mivah debe regular a estos dos y a otros muchos entes: ¿dónde están las duplicidades?
Las ministras se refieren en el reportaje a duplicidad de departamentos de personal, proveeduría, tesorería y asesoría jurídica sin nunca sopesar que el diseño constitucional fue ex profeso uno de independencia de gobierno y administración para los nuevos entes autónomos.
Es muy nocivo desdeñar el hecho histórico de que los constituyentes lo diseñaron así para “no recaer en lo que ha dañado la dignidad de la República. Sustituir… el sistema personalista de nuestra política por un régimen institucional, que garantice mayor estabilidad” (exposición de motivos de la comisión redactora en 1949).
Tal autonomía administrativa ciertamente auguraba un costo financiero, y fue este el factor que permitió que los pocos entes autónomos existentes y los muchos nuevos produjeran los logros enormes en todo campo del desarrollo nacional —vivienda popular incluida— que jamás habrían sido alcanzados a través de solo ministerios o del mercado privado como tal.
Esta formidable dinámica institucional se dio hasta que la beligerancia partidista y la corrupción empezaron a apoderarse de tales entes a partir de 1970, y de 1974 con más desenfado partidista con la ley de presidencias ejecutivas.
Además, si fuera por dicho razonamiento ministerial, entonces la madre de las reformas del Estado sería convertir a todo ente autónomo y banco estatal en unidades de unos 18 superministerios, y entonces el país ahorraría miles más de millones al quedar con solo 18 departamentos de personal, proveeduría, legal, de presupuesto y de auditoría... Interesante, ¿verdad? Pero estúpido e insensato.
5. Decir, por otro lado, que se evaluarán los eventuales ahorros después de promulgar la ley, como se lee en el reportaje, es una semerenda irresponsabilidad. Además, lo que dice la ministra de Planificación, “que ahora toma muchos meses articular entre tres instituciones” y “se tendrá en una sola” y “que el mayor beneficio para el país será inyectarle eficiencia a un sector importante que es vivienda, hábitat y territorio”, es también engañoso.
La eficiencia se logra cuando existe mayor eficacia en el Poder Ejecutivo, o sea, una ministra actuando conjuntamente con el presidente, como la Constitución y las leyes lo ordenan, pero estos incumplen obstinadamente sin enfrentar castigo.
Volver, por negarse a gobernar bien, al viejo centralismo administrativo imperante hasta los cuarenta no mejorará, sino empeorará la ya creciente ineficacia y la falta de transparencia pública que tiene al país hincado.
6. Las funciones y actividades descentralizadas en entes autónomos pueden ser ordenadas por el gobierno para ser sumamente eficaces o exitosas, pero no por intervenciones ilegítimas e inoportunas —como acaba de pasar en la CCSS—, sino mediante decisiones de política gubernativa motivadas en la ley; lo contrario va por debajo de la mesa.
Pero de prosperar este proyecto o uno como Cerrar, tales entes pasarían a manos de una única persona de confianza irrestricta del presidente y de este, y del personal subordinado del ministro, es decir, individuos advenedizos, sin experiencia ni trayectoria institucional. En otras palabras, gente de confianza, que resultará de desconfianza del siguiente gobierno.
7. ¿A quién se le ocurre que pasar un banco a una organización anquilosada y clientelista, como todo ministerio, es la mejor solución?
8. El proyecto confunde la materia ordenamiento territorial para darla, atropelladamente y fuera de contexto competencial y funcional, al Mivah, sin reconocer para nada que la Ley Orgánica del Ambiente de 1995 y la del Minae le asignan al titular de este la rectoría política en este campo. ¿Eliminar duplicidades, dicen?
Conclusión: como siempre afirmo, no será el economista o abogado o politólogo, sino el estadista, quien nos saque adelante, pero todos seguramente preguntarán con ingenuidad e incredulidad cómo se come eso y dónde se consiguen los estadistas. He aquí un perfecto círculo infernal.
El autor es catedrático jubilado de la UCR.