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Reforma Procesal Laboral: lo bueno, lo malo y lo feo

Perdimos la oportunidad de crear una legislación laboral que mejore la competitividad del país

Pocos proyectos de ley han tenido un camino tan escabroso como el de la Reforma Procesal Laboral. Fue el 29 de agosto del 2005, bajo el expediente legislativo Nº 15990, que este proyecto ingresó a la corriente legislativa; posteriormente, el 17 de agosto del 2010 –casi cinco años después– fue dictaminado por la Comisión de Asuntos Jurídicos. Ese mismo año, específicamente el 13 de diciembre, fue aprobado en primer debate por el Plenario de la Asamblea Legislativa y, el 13 de setiembre del 2012, aprobado en segundo debate. Finalmente, el 9 de octubre del 2012, termina siendo vetado por el Poder Ejecutivo, medida que es publicada en el diario oficial La Gaceta el 19 de marzo del 2013. Aprovechando el plazo de un año que el actual Gobierno definió como razonable para que la actual Asamblea Legislativa resuelva sobre el veto, de seguido hago un repaso de lo bueno, lo malo y lo feo de la Reforma Procesal Laboral, de cara a esta reapertura del debate en el ámbito legislativo.

Lo bueno. La Reforma Procesal Laboral modifica sustancialmente el proceso laboral, ya que introduce una serie de principios tendientes a la agilización de los procesos laborales, tales como la conciliación, actuación oral, sencillez, informalismo, oficiosidad relativa, celeridad e inmediación, con el objetivo de reducir significativamente la duración de dichos procesos.

También incluye una vía sumarísima (procedimiento de amparo) a favor de trabajadores con fuero de protección, tales como trabajadoras en estado de embarazo o período de lactancia, trabajadores adolescentes, trabajadores cubiertos por fuero sindical y denunciantes de hostigamiento sexual, a fin de que puedan impugnar despidos o medidas disciplinarias en su contra.

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