La Policía de Fronteras

La eliminación de la Policía de Fronteras fue decisión de la Oficina de Planificación

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La Policía de Fronteras, según los artículos 23, 24 de la Ley General de Policía, y artículo 2 inciso a) de la Ley de Creación del Servicio Nacional de Guardacostas, la constituyen en Costa Rica, tres cuerpos policiales: el Servicio Nacional de Guardacostas para las fronteras marítimas y aguas jurisdiccionales e interiores del Estado, el Servicio de Vigilancia Aérea para las fronteras aéreas y aeropuertos, y la Fuerza Pública para las fronteras terrestres.

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