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Sentencia de Sala IV reactiva cobro de multas a transporte ilegal incluido Uber

Fallo declara constitucional ley del 2011 que creó servicio especial de taxis -de puerta a puerta-, pese a que dos diputados libertarios creen lo contrario.

La Policía de Tránsito pueden sancionar a los conductores que reduzcan la velocidad para observar un accidente u otro evento.
La Policía de Tránsito pueden sancionar a los conductores que reduzcan la velocidad para observar un accidente u otro evento. Rafael Murillo/Archivo
La Policía de Tránsito pueden sancionar a los conductores que reduzcan la velocidad para observar un accidente u otro evento. (Rafael Murillo/Archivo)

La Sala IV declaró constitucional la ley #8955 que regula el Servicio Especial Estable de Taxi (Seetaxi) -porteadores, de puerta a puerta- y con ese fallo volvió a reactivar las multas a quienes den transporte sin permiso del Estado, como es el caso de los conductores afiliados a la empresa Uber.

Esta sentencia solo se pronunció sobre la constitucionalidad de la ley aprobada en mayo del 2011 por una Comisión con Potestad Legislativa Plena del Congreso, la cual fue impugnada el 16 de octubre del 2015 por los diputados Otto Guevara y Natalia Diaz, del Movimiento Libertario. Ahora, la resolución de los magistrados no entró a valorar sobre la legalidad del servicio de Uber.

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