Los servicios de telefonía móvil e Internet móvil quedaron sin regulación tarifaria de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel), al declarar este viernes competencia efectiva a ese segmento del mercado de telecomunicaciones.
El Consejo de la Sutel lo consignó así en el acuerdo N. 004-067-2017 del pasado lunes 18 de setiembre, el cual tiene implicaciones para los usuarios del servicio y para la propia Superintendencia, que tiene un nuevo papel.
A partir de ahora, la Sutel solo fiscalizará aspectos de derechos y calidad del servicio para los usuarios. Esto implica también que los operadores en el mercado móvil ya no estarán atados a topes o pisos tarifarios impuestos por la esa entidad.
Así, las empresas proveedoras podrían (o no) mejorar los precios a sus clientes, poniéndolos por debajo del piso tarifario vigente hoy o, si lo juzgan oportuno comercialmente, subir el costo por encima de cualquier tope aún en rigor.
Hoy, por ejemplo, el minuto para clientes pospago cuesta ¢30 sin impuesto de ventas, mientras que para los de prepago va de ¢34 a ¢40 (ya incluye el impuesto de ventas), según el plan de consumo. La tarifa por transferencia de datos sin el impuesto de ventas es de ¢0,0076 por kilobit transferido.
De estos segmentos de mercado, el que más pesa para los operadores es el de clientes pospago por generación de ingresos.
Según el comunicado de la Sutel, la declaración supone que la competencia entre los operadores actuales crecerá, lo que mejoraría la oferta de sus servicios. Esa, al menos, es la promesa oficial del Estado.
"A partir de la declaratoria en competencia se espera una mayor dinámica en el mercado, en la cual los usuarios podrán encontrar mayor disponibilidad de ofertas comerciales ajustadas de acuerdo a sus necesidades, la posibilidad de mejores precios en los servicios ofrecidos, mayor diversidad de promociones y una amplia mejora en la calidad y experiencia del servicio", indica el comunicado.
Según cifras presentadas en el último informe de estadísticas de Sutel, 59% del tráfico de telefonía móvil proviene de la modalidad prepago; sin embargo, un usuario pospago consume en promedio casi tres veces más que un usuario prepago; especialmente en cuanto a consumo del servicio de Internet móvil.
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El precio del Internet móvil
Otra implicación de la declaratoria es que los operadores también quedarían en libertad de definir cómo cobran el tráfico de datos en la red móvil (Internet móvil) en pospago. Esta tarifa también dejaría de regularse.
La decisión de Sutel, no obstante, no afecta la aplicación de la llamada "política de uso justo".
Esta política supone que los usuarios pospago (en prepago no se aplica) hoy tienen límites en su consumo de datos de forma que, consumida cierta cuota de datos impuesta por su proveedor, este puede reducir unilateralmente su velocidad de acceso a la red móvil hasta el siguiente período de facturación.
Todos los operadores en el mercado costarricense aplican esta forma de castigo supuestamente para prevenir la saturación de la red. Ahora las empresas quedarían libres de cobrar, en pospago, el servicio de Internet móvil con tarifa plana (según velocidad de acceso al servicio) o cobrarla según el volumen de datos consumidos.
A los usuarios que paguen según volumen de datos y consuman su cuota antes del siguiente cobro, las empresas podrán seguir aplicándoles la llamada "política de uso justo", pero también venderles cuotas de datos adicionales para llegar al siguiente período de facturación con la misma velocidad de acceso contratada.
De esta forma, según sea el poder adquisitivo y costumbres de cada cliente, los operadores cobrarían los datos móviles manteniendo la misma velocidad de acceso, siempre y cuando el usuario pague todo el volumen de datos que facture por mes, sea dentro del contrato o mediante el pago de cuotas adicionales de consumo.
La Sutel recibió una orden de la Sala Constitucional de ajustar la velocidad mínima de acceso a la red móvil en el marco de esta política de "uso justo".
La Sutel tiene hasta el 4 de octubre para hacer la modificación, luego de que los jueces constitucionales resolvieran que la Superintendencia lesionó derechos de los consumidores por trasladar a las empresas proveedoras la potestad de fijar estas esa velocidad de acceso.
Denuncia de oligopolio
La decisión de la Sutel llega a solo unos días de que la Defensoría de los Habitantes declarara su "total oposición" a que las tarifas del servicio de telefonía e Internet móvil perdieran la regulación tarifaria vigente hasta esta semana, debido a falta de condiciones de competencia efectiva.
Conforme la denuncia de Montserrat Solano, defensora de los habitantes, en este mercado existe un oligopolio; no condiciones de competencia.
En teoría económica, un mercado de bienes o servicios se halla en condición de oligopolio cuando un número reducido de oferentes controlan y acaparan la ventas.
A criterio de la Defensoría, el mercado minorista de telefonía móvil "no puede ser declarado en competencia efectiva y continua presentando indicios de dominancia conjunta".
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Para Solano, aún se necesita regulación tarifaria para prevenir posibles prácticas monopolísticas en detrimento de los derechos e intereses de los usuarios. Según razona la defensora, para identificar cuándo un mercado se vuelve competitivo, el análisis debe ir más allá de cuántos prestadores de servicios hay.
"La Defensoría de los Habitantes debe analizar el documento de la Sutel para ver el fundamento de la decisión y si se incluyó un razonamiento de las 10.391 observaciones que la Sutel indicó se recibieron con motivo de esta consulta pública. Recordemos que la Sutel tuvo unos 10 días hábiles para analizar las miles de observaciones y la redacción de las 173 páginas de su resolución. A partir de este análisis, valoraremos acciones a seguir, entre ellas, el recurso ordinario de apelación", afirmó Solano al ser consultada hoy.
¿Por qué se venían regulando las tarifas de este mercado?
Antes de la apertura del mercado de telecomunicaciones, el único oferente de servicios de telefonía e Internet móvil era el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE). Con la apertura, se creó la Sutel como autoridad estatal del sector. Como el mercado iba a pasar de una condición de monopolio a una en competencia efectiva, se adujo que Sutel debía definir una serie de topes y pisos tarifarios. Esto habría de prevenir distorsiones perjudiciales para los consumidores en la dinámica de la oferta y demanda de servicios por la presencia de un operador dominante (el ICE) frente a nuevos actores (la empresa mexicana América Móvil y la española Telefónica).
¿Cuáles son las tarifas vigentes hoy?
Un minuto de conversación telefónica para clientes pospago cuesta ¢30 sin impuesto de ventas, mientras que para los de prepago ese mismo minuto de conversación va de ¢34 a ¢40 (ya incluye el impuesto de ventas), según el plan de consumo. La tarifa por transferencia de datos sin el impuesto de ventas es de ¢0,0076 por kilobit transferido tanto para prepago como para pospago.
¿Cómo se compone hoy este mercado?
En Costa Rica hay cinco operadores minoristas de telecomunicaciones móviles: tres de ellos acumulan 98,7% del mercado de líneas prepago y pospago, y dos operadores virtuales; con 1,3%, según estadísticas de la Sutel a diciembre anterior.
El Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y su marca Kölbi acaparan 53,3% del mercado, la empresa mexicana América Móvil (marca Claro Costa Rica) tienen el 19,7% y la española Telefónica (marca Movistar Costa Rica) el restante 25,7% . Se trata, en total, de un negocio constituido por 8,3 millones de líneas valorado en ¢347.700 millones hace un año.
En agosto pasado, la Sutel presentó la llamada "Propuesta de definición de los mercados relevantes asociados a los servicios móviles, análisis del grado de competencia, determinación de los operadores y proveedores importantes en dichos mercados e imposición de obligaciones". Esta se publicó en el sitio oficial de Sutel, mediante oficio 05971-SUTEL-DGM-2017.
¿Qué pasará ahora que se libera de control tarifario el mercado?
A partir de ahora, la Sutel solo fiscalizará aspectos de derechos y calidad del servicio para los usuarios. Esto implica que los operadores en el mercado móvil ya no estarán atados a topes o pisos tarifarios impuestos por la esa entidad.
De esta forma, las empresas podrían mejorar los precios a sus clientes, poniéndolos por debajo del piso tarifario vigente hoy o, si lo juzgan oportuno comercialmente, encarecer el costo por encima de cualquier tope aún en vigor. Todas las empresas y la Sutel han dicho en forma unánime que la declaratoria es beneficiosa y porque supuestamente ahora los proveedores podrían mejorar más la oferta de servicios, paquetes comerciales y precios.
La Defensoría de los Habitantes, sin embargo, advierte que el mercado todavía no está en competencia y más bien está en condiciones de oligopolio; una situación desfavorable para los consumidores, según esa institución.