El próximo jueves 20 de enero del 2011, los empleados del sector público recibirán el depósito de su salario escolar. El salario escolar para funcionarios públicos,fue creado en la Administración Figueres Olsen (1994-1998) en julio de 1994. Se pagó por primera vez en enero de 1995. Según el Decreto Ejecutivo n.º 23907-H se instituyó como un componente de una política de salarios crecientes. Consiste en un ajuste adicional al aumento de salarios otorgado (a partir del 1º de julio de 1994) a los servidores activos (por ello se paga a cada uno de los funcionarios, aunque no tenga hijos del todo o no los tenga en edad escolar) y su monto equivale al 8,19% de la remuneración mensual del trabajador (casi equivalente a un decimocuarto mes) y es pagado en forma acumulativa, en el mes de enero de cada año.
Objetivos. Está sujeto a las deducciones de ley, como las denominadas cargas sociales, cotizaciones a organizaciones sociales, pensiones alimenticias, y originalmente pagaba el impuesto sobre la renta. El salario escolar se estableció con los objetivos de que los empleados públicos, le hicieran frente a los gastos que genera la entrada de sus hijos a lecciones (verbigracia, para la compra de útiles, textos y de uniformes), así como para disminuir la deserción escolar, mejorar el acceso a la educación de los estudiantes y facilitar una positiva movilidad social. El salario mencionado se reconoce a los trabajadores del Estado y de los demás entes públicos.
Exoneración del pago del impuesto sobre la renta. El diputado social cristiano del cuatrienio (2006-2010), José Luis Vásquez Mora, presentó un proyecto de ley para que este salario fuera exonerado del pago del impuesto sobre la renta, el cual fue dictaminado afirmativamente por la Comisión de Asuntos Hacendarios y contó con el respaldo de todas las fracciones de la Asamblea Legislativa y del Poder Ejecutivo. El diputado Vásquez reconoció la actitud positiva del ex-presidente, Dr. Óscar Arias Sánchez y de los entonces ministros de la Presidencia y de Hacienda, quienes avalaron el proyecto. El plenario legislativo aprobó, en primer y segundo debates, por unanimidad, el proyecto que fue aprobado como Ley Nº 8665, en el mes de setiembre del 2008). En fuentes parlamentarias se destacó la importancia de la ley aprobada, por cuanto algunos trabajadores que por el monto de sus salarios no tenían que pagar el impuesto sobre la renta, sí debían hacerlo sobre el salario escolar. Igualmente, al ser aprobada la ley, los trabajadores podrían destinar una suma mayor a la educación de sus hijos. Para este año, el salario escolar de los 134 mil funcionarios del Gobierno Central de la República será de aproximadamente 82 mil millones de colones (para un promedio de 611.940 colones).
Salario escolar para trabajadores privados . En noviembre del 2008, se promulgó, a iniciativa del entonces diputado (2006-2010) Guyon Holt Massey Mora, la Ley Nº 8682 de “Promoción del Salario Escolar en el Sector Privado” que es un ahorro voluntario del trabajador, quien podrá optar por este derecho y para el cálculo correspondiente, se aplicará el porcentaje que la persona asalariada escoja, entre un 4,16% y un 8,33% de su salario mensual. El empleador depositará el monto establecido por el trabajador, en la cuenta respectiva y este monto será acumulativo y se aplicará sobre todas las sumas que conforman legalmente el salario.
Administradoras. Asociaciones solidaristas como administradoras del salario escolar. En las empresas donde exista asociación solidarista, le corresponde a esta organización la administración de los recursos aportados por este concepto.
En caso de que no haya asociación solidarista en la empresa, podrá administrar los recursos referidos, una cooperativa, y cuando no exista cooperativa, podrá realizarlo el Banco Popular. El salario escolar, administrado por este Banco, será recibido este año, por 9000 trabajadores del sector privado, o sea 1300 más que el año pasado. En esta oportunidad, se repartirán, por parte del BPDC, 1.500 millones de colones, es decir, un 40% más que el monto distribuido en el 2010. También este tipo de salario está exento del pago del impuesto sobre la renta.
Las anteriores medidas jurídicas referentes al salario escolar, vienen a fortalecer la educación nacional y posibilitan que esta sirva, de instrumento idóneo para la superación e integración social de los estudiantes y sus familias.
La creación del salario escolar, en los sectores público y privado, así como su fortalecimiento, constituye un caso típico de intervencionismo estatal en materia socioeconómica, que apuntala constructivamente el Estado social de derecho y la justicia social en Costa Rica.