Justicia real para Keibril

Los expertos señalan que en casos similares a los de Keibril Amira García Amador se requieren metodologías especiales

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Todo apunta a que Keibril Amira García Amador fue asesinada cuando apenas tenía nueves meses. A ella y a la mamá, de 12 años al dar a luz, les fallaron su entorno, su familia, las autoridades y el Estado.

A Keibril, le fallaron desde antes de nacer, durante su corta vida y aún después de muerta. Lo más doloroso es que pretendan seguir fallándole mientras se busca la justicia real por su aparente homicidio.

El Ministerio Público dio a conocer recientemente que al padre biológico de Keibril, de apellido Casasola, se le acusa de sustracción de menor de edad y violación de la madre de la niña.

También, que la tesis del Organismo de Investigación Judicial seguirá en un expediente aparte, que se mantiene abierto por desconocerse el paradero de la bebé.

Tras esta acusación, debemos preguntarnos si existen mecanismos legales, protocolos internacionales y referencias de otros países para una acusación por el posible homicidio de la pequeña. Efectivamente, lo hay.

Derecho penal en nuevos tiempos

El derecho penal debe buscar siempre la verdad, y al buscarla, encuentra grandes dificultades que requieren un enfoque distinto en materia probatoria.

Así como la sociedad progresa en muchas áreas, también los métodos de la delincuencia. Por eso, el derecho penal y la investigación deben adaptarse a tales transformaciones.

Precisamente por lo anterior, el derecho penal a través de la prueba indiciaria abre una valiosa puerta para hacer justicia en este tipo de casos.

La prueba que se someterá al conocimiento del juez y que, como se ha indicado no es una prueba tasada, podría desembocar en una condena si se realiza un análisis global del caso que permita, a través de esas probanzas, arribar a un criterio de certeza, como establece José Francisco Mena Castro en La prueba indiciaria.

El experto colombiano Deimer Meléndez Cardona, quien participó en múltiples investigaciones en diferentes países y que terminaron en condenas, explica que estos casos precisan un análisis de la evidencia conductual, basada en la perfiladura criminal deductiva.

El perfil abarca la escena del crimen, el perfil victimológico forense, la reconstrucción forense del delito, la elaboración de perfiles criminales y el análisis de la motivación criminal, lo cual facilita presentar un caso ante un tribunal y obtener una sentencia condenatoria.

En investigaciones en las cuales no se encontraron los cuerpos, esta metodología moderna posibilita al órgano acusador generar una estructura lógica, fundamentada en prueba indiciaria.

Cuando se trata de delitos complejos, es difícil encontrar testigos o pruebas directas, como tradicionalmente se ha hecho, dada la naturaleza misma del homicidio.

Por tanto, no siempre será posible llegar a la verdad con las pruebas y métodos que se emplean habitualmente, los cuales resultan obsoletos, considerando que la conducta criminal consiste en ocultar todo rastro incriminatorio.

Señales de abuso sexual

Los expertos señalan que tales investigaciones requieren metodologías especiales, donde la prueba indiciaria proporcione la base para convencer al tribunal y alcanzar el grado de certeza necesario para una condena.

Si tomamos esos principios y los aplicamos al caso de Keibril, encontraremos que desde el 2021 había indicios de que el padrastro violaba a su hijastra; además, que ella quedó embarazada producto de esos abusos sexuales. Las investigaciones describen también un entorno familiar donde había drogas, maltratos y carencias de diversa índole.

Aunado a lo anterior, debe agregarse el evento mediante el cual el país conoció la historia: el 9 de abril del 2023, en Cervantes de Cartago, la bebé fue arrebatada de los brazos de la madre y se desconoce su paradero.

Casasola es el único sospechoso y al parecer su objetivo era desaparecer a la bebé para evitar una prueba de paternidad que serviría para establecer la violación de la menor.

Resulta, por ende, inaceptable no contemplar el derecho de Keibril a vivir. No es una cuestión de matemáticas ni que con la acusación enfrenta más de 50 años de cárcel, y de esa forma pagar el daño y calmar las conciencias de aquellos que fallaron en prevenir, proteger e investigar.

Es una cuestión de justicia, principios y defensa de derechos, porque al final le quedaríamos mal a la bebé, a sus familiares y la sociedad.

Protección desde la niñez

De conformidad con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), los niños tienen derechos especiales a los que corresponden deberes específicos de la familia, la sociedad y el Estado.

Su condición exige una protección especial que debe ser entendida como un derecho adicional y complementario de los demás, que la Convención reconoce a toda persona.

Dejar de lado la acusación por el homicidio de Keibril, consecuentemente, viola el derecho consagrado en el artículo 19 de la Convención sobre los Derechos del Niño.

También debe tomarse en cuenta que en la sentencia conocida como Campo algodonero, a raíz del brutal homicidio con motivos sexuales de ocho mujeres en México, la Corte-IDH giró una serie de directrices, entre las que destacan incluir perspectiva de género en las investigaciones, emprender líneas de investigación específicas respecto a la violencia sexual, estudiar patrones geográficos o de la zona, utilizar los protocolos y manuales en la materia que realicen funcionarios altamente capacitados en situaciones similares y en atención a víctimas de discriminación y violencia por razón de género.

En nuestro país, ha habido sentencias condenatorias a pesar de que no existía un cuerpo, por ejemplo, la resolución 600-2014 del Tribunal del Primer Circuito Judicial de la Zona Atlántica, la 00029-2018 del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del II Circuito Judicial de San José, la 01250-2015 y la 00235–2003 de la Sala Tercera, la 00325-2021 del Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de Guanacaste. Asimismo, las hay en México, Guatemala, Colombia, Chile y especialmente en Bolivia.

Costa Rica está en un momento histórico, debemos prepararnos con técnicas modernas de investigación, aprender de países vecinos y utilizar los parámetros de las sentencias de la Corte-IDH cuando se juzguen feminicidios.

El sistema costarricense, en vista del aumento en la delincuencia, debe hacer una pausa y meditar el rumbo que llevan los nuevos métodos de los criminales para quedar impunes, pues se vuelven complejos y difíciles de investigar, y la respuesta a los ciudadanos no puede ni debe ser simplemente “no hay cuerpo”.

La autora es presidenta del Instituto de Victimología.