Trámite de pasaporte para menores elimina requisito de certificado de nacimiento

Funcionarios de Migración y Extranjería ahora se ocuparán de confirmar datos del Registro Civil desde sistema en línea; lo harán también al gestionar permisos temporales de salida

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

La Dirección General de Migración y Extranjería confirmó este jueves que de ahora en adelante no será necesaria la presentación de certificados de nacimiento para tramitar pasaportes de menores de edad, así como cualquier otro documento de viaje para esa población.

El cambio se divulgó este jueves en el Alcance Nº 262 del diario oficial La Gaceta en el cual esa dependencia del Ministerio de Gobernación explica que decidió facilitar el procedimiento a los solicitantes en el contexto de la pandemia, con el fin de disminuir desplazamientos y presencialidad de los usuarios.

A partir de este 23 de diciembre, Migración y Extranjería exonera a quienes tramiten pasaporte u otro documento de viaje para un menor de edad costarricense del requisito de presentar un certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).

Si el menor está debidamente inscrito ante el Registro Civil, la Administración migratoria accederá de oficio a la información de nacimiento de esa persona mediante la plataforma de servicios del sector público del TSE. Esto permitirá a los funcionarios responsables revisar, verificar, extraer e incluir los datos en los expedientes.

Los funcionarios encargados también aplicarán esta dinámica cuando atiendan gestiones para la obtención o la revocación de permisos temporales o permanentes de salida para menores de edad y cuando hagan modificaciones de acompañantes en los permisos de salida de los menores (cuando se acredita en el trámite el vínculo de quien pide el permiso y el menor de edad para quien se solicita).

El área de Gestión de Migraciones deberá coordinar lo pertinente con los socios comerciales de Migración y Extranjería, como es el caso de Correos de Costa Rica y el Banco de Costa Rica para que se apliquen las exoneraciones citadas en los trámites.

Migración mantendrá cerradas sus oficinas centrales y regionales del 23 de diciembre al 4 de enero próximo con motivo del receso de fin de año. La atención al público se reanudará a partir del 5 de enero de acuerdo con la programación de citas ya asignadas.

Para los puestos de control migratorio, este será el horario vigente en próximos días: