29 diputados consultan a Sala IV si plan fiscal afecta a Corte: ‘No entendemos por qué debemos hacer una diferenciación odiosa’

Firmantes de nueva consulta facultativa de constitucionalidad son los que aprobaron proyecto de ley en primer debate

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Los diputados que aprobaron el plan fiscal en primer debate le pidieron este jueves a la Sala IV que determine si el proyecto de ley riñe o no con la organización y funcionamiento del Poder Judicial.

Dicha consulta surgió en respuesta a los planteamientos que arguyó la Corte Plena, el 16 de octubre, para oponerse a la iniciativa que pretende ponerle un tope al crecimiento de los salarios y de los beneficios salariales para los empleados públicos, además de aumentar los ingresos del Estado vía impuestos.

Los firmantes son los legisladores de Acción Ciudadana (PAC), Liberación Nacional (PLN), Unidad Social Cristiana (PUSC) y el independiente Eric Rodríguez Steller.

En la petitoria, los legisladores solicitan a los magistrados constitucionalistas aclarar si los cuatro argumentos que utilizó la Corte Plena para rechazar el plan fiscal tienen asidero en la Constitución Política, estos son:

-Que la rectoría del empleo público que el proyecto de ley deja en manos del Ministerio de Planificación afectarían la organización y funcionamiento del Poder Judicial

-Que la obligatoriedad de los lineamientos técnicos y metodológicos del Servicio Civil para con el Poder Judicial supedita a la Corte a la evaluación de otro Poder de la República, en este caso del Ejecutivo.

-Que la aplicación de la regla fiscal (conjunto de normas para limitar el gasto público en condiciones financieras críticas) contiene una potencial afectación al presupuesto del Poder Judicial, toda vez que podría limitar la asignación de transferencias y destinos específicos.

-Y que limitar la creación de incentivos o compensaciones salariales a la aprobación de una ley, haría inaplicable para los nuevos ingresos al Poder Judicial una serie de medidas que han sido creadas por actos de carácter general interno del Poder Judicial, entre los cuales mencionan el incentivo por peligrosidad, la bonificación por Exclusividad Policial, el incentivo de Coordinación de jueces, el incentivo de regionalización, el incentivo por disponibilidad y el sobresueldo de responsabilidad radiológica.

Sobre la primera objeción de la Corte Plena al plan fiscal, los diputados firmantes le expusieron a la Sala IV que la Constitución Política previó “un marco legal para todo el sector público del Estado en su totalidad” en materia laboral, que es el Estatuto del Servicio Civil, al cual, según ellos, está sujeta también la Corte por mandato constitucional en su artículo 156.

“Siendo esto así, desde el año 1949 nuestros Constituyentes siempre tuvieron claro que la regulación del empleo público, en su dimensión general y, con el fin de garantizar un trato igualitario y jurídico entre todos los funcionarios públicos, no afectaría el funcionamiento ni la organización del Poder Judicial, así como no vulnera el principio de separación de poderes y, por ende, no erosiona de manera alguna la independencia judicial”, justificaron los diputados.

Y agregaron sobre este punto: “Del análisis e interpretación del artículo del proyecto legislativo a la luz de nuestro ordenamiento jurídico y, particularmente de la Constitución Política, se entiende que los lineamientos técnicos y metodológicos que desarrollará la Dirección General del Servicio Civil, al ser generales y conforme con los principios deseados por el Constituyente, no afectan el ordenamiento y funcionamiento del Poder Judicial ni tampoco se vulnera el principio de independencia judicial”.

Aquí puede consultar el texto de la consulta sobre el plan fiscal presentada por los 29 legisladores:

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Sobre la aplicación de la regla fiscal sobre el nivel de gasto del Poder Judicial los diputados firmantes expusieron en su consulta que “la norma respecto a regla fiscal es una disposición que no erosiona la independencia del Poder Judicial de forma alguna. La potencial aplicación de esta norma no implica necesariamente que vaya a afectarse al Poder Judicial en virtud de que bajo ninguna circunstancia se podrá modificar lo que ya está constitucionalmente protegido en el artículo 177 (de la Constitución Política)".

Ese numeral detalla que la Corte propone su presupuesto anual en un anteproyecto que, finalmente, queda a criterio del Ministerio de Hacienda y de la Asamblea Legislativa avalar o no y deja manifiesto que al Poder Judicial se le deberá asignar un monto anual no menor al 6% de los ingresos ordinarios del Estado.

Al referirse a las objeciones de la Corte sobre los componentes salariales de sus empleados, que deberán fijarse por ley si se aprueba la reforma fiscal, los diputados recalcaron que el cambio regirá para todos los funcionarios públicos del país.

“No entendemos por qué eventualmente debemos hacer una diferenciación odiosa entre funcionarios de los distintos poderes, sean legislativo y ejecutivo, con respecto al Poder Judicial, solo por considerar este último que podría generar una brecha entre funcionarios y un desinterés por formar parte de él".

"Son normas de regulación general en cuanto al empleo público que pretenden la igualdad de trato jurídico entre funcionarios públicos, de conformidad con lo establecido por la Constitución Política en los artículos 191 y 192, respectivamente. Es decir, no tiene incidencia directa ni específica respecto al Poder Judicial y por ende, no inciden con la organización ni con el funcionamiento del mismo”, argumentaron los firmantes de la consulta.

Además, reiteraron a la Sala IV que no consideran que los contenidos del proyecto obligue a su aprobación con no menos de 38 votos en el plenario del Parlamento “por no contener modificaciones directas a la organización y el funcionamiento del Poder Judicial referidas a su función típica, exclusiva, sea la jurisdiccional y aquellas administrativas esenciales que dan soporte a su función primaria, todo lo cual es, precisamente, lo que protege el numeral 167 constitucional”.

El jefe de fracción del PLN, Carlos Ricardo Benavides, dijo que el sentido de la consulta de constitucionalidad reviste mucha importancia, pues intenta que se aclare si el proyecto se puede aprobar en segundo debate con la mitad más uno de los votos de los diputados presentes, o si, por el contrario, requiere de una mayoría de al menos 38 legisladores para su aprobación definitiva, ante la oposición de la Corte Plena.

“De esto va a depender el trámite posterior de la reforma fiscal. Esa es una de las razones por las cuales debía hacerse la consulta para que no persista esa incertidumbre y para determinar si la Sala va a sostener o no los criterios que en el pasado ha dicho en esta materia salarial (...). Según sentencias previas, esta materia no afecta la organización y funcionamiento del Poder Judicial que según la Sala se refiere a los asuntos estrictamente de la función jurisdiccional”, declaró.

PIN logró hacer una tercera consulta

Este jueves, el diputado Walter Muñoz, del PIN, logró juntar otras diez firmas necesarias para que el Congreso también consulte a la Sala IV sobre el procedimiento que se utiliza para tramitar el plan fiscal, por lo que esa será la tercera solicitud de opinión que recibirán los magistrados acerca de la iniciativa de ley.

En el documento, se afirma que se violentó el principio de publicidad durante el trámite abreviado del plan fiscal, pues no se publicaron en el diario oficial La Gaceta todos los textos sustitutivos que se aprobaron durante la discusión en comisión del proyecto.

Este bloque de parlamentarios considera como otro vicio de procedimiento que el Congreso realizara las consultas obligatorias a las instituciones afectadas por el proyecto sobre el texto base y no sobre la redacción final, aprobada vía moción de reiteración.

Asimismo, consideran que el proyecto fiscal no se podía tramitar por la vía rápida, precisamente porque los argumentos en contra de la iniciativa que esgrimió la Corte Plena obligarían a que la reforma requiera de 38 votos, mientras que el mecanismo abreviado solo se le puede aplicar a proyectos que requieran mayoría simple.

Aquí puede leer, también, la consulta de constitucionalidad sobre el procedimiento del proyecto 20.580:

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“El hecho de que no fuera sino hasta el 27 de setiembre de 2018 que la Corte Suprema de Justicia, mediante Oficio Nº SP-196-2018, enviara a la Asamblea Legislativa, el Acuerdo XI adoptado por la Corte Plena en Sesión Nº 41-18 del 3 de setiembre de 2018, en que indica que el proyecto de ley 20.580 incide directamente en su organización y funcionamiento, obligaba a que al esta Asamblea Legislativa adoptará las acciones correspondientes para corregir o encauzar el procedimiento dado a la iniciativa, pues ya desde ese momento tenía certeza de que esta iniciativa no podía ser tramitada de conformidad con el 208 bis del Reglamento (...). El proyecto sujeta al Poder Judicial a la rectoría de otro Poder de la República", consideraron.

La Secretaría del Directorio del Congreso envió este jueves a la Sala Constitucional copia fiel del plan fiscal tal como se aprobó en primer debate el 5 de octubre. La copia consta de 80 tomos. Ese trámite era importante porque, según informó el Poder Judicial a través de su cuenta de la red social Twitter, los 30 días naturales para que la Sala IV resuelva las consultas de constitucionalidad se cuentan a partir del momento en que se reciba la copia del expediente legislativo.

La Secretaría del Directorio Legislativo informó de que la Corte pidió la copia fiel desde el 22 de octubre, no obstante, en esa fecha el expediente estaba en la Comisión de Redacción, que se reunió hasta el día 23. El expediente llegó hasta este jueves a la Secretaría.

Opinión del PUSC

En cuanto a la consulta hecha por 29 diputados, el jefe de la fracción del PUSC, Erwen Masís, dijo que los firmantes de la consulta pretenden aportarle a la Sala IV elementos para determinar que el proyecto fiscal no riñe con la autonomía de la Corte.

“Es una consulta en positivo, que busca aclarar la calificación de los votos requeridos para que el proyecto sea aprobado y hace una referencia a los 4 puntos que ya estableció la Corte en un primer escenario (...) pero dándole aportes (a la Sala) y estableciendo porqué consideramos que el proyecto no requiere de una mayoría calificada”, dijo.

La nueva consulta de constitucionalidad se une a la que enviaron hace una semana 14 diputados opositores al proyecto de ordenamiento fiscal en la que alegaron supuestos vicios de procedimiento y de fondo, esa primera consulta la firmaron los diputados de Restauración Nacional (PRN), los legisladores que este martes se independizaron de ese partido, los de Integración Nacional (PIN) y del Frente Amplio (FA).

Colaboró el periodista Aarón Sequeira.