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Tributación pierde arma para cobrar deudas por adelantado

Magistrados hallan inconstitucionalidad en norma legal creada en el 2012

La potestad de Tributación de hacer cobros anticipados de deudas de impuestos se suspendió en agosto del 2014. Ayer los magistrados eliminaron la norma por estimarla inconstitucional y reestablecieron el proceso de cobro existente hasta el 2012. | MARVIN CARAVACA/ARCHIVO
La potestad de Tributación de hacer cobros anticipados de deudas de impuestos se suspendió en agosto del 2014. Ayer los magistrados eliminaron la norma por estimarla inconstitucional y reestablecieron el proceso de cobro existente hasta el 2012. | MARVIN CARAVACA/ARCHIVO Marvin Caravaca
La potestad de Tributación de hacer cobros anticipados de deudas de impuestos se suspendió en agosto del 2014. Ayer los magistrados eliminaron la norma por estimarla inconstitucional y reestablecieron el proceso de cobro existente hasta el 2012. | MARVIN CARAVACA/ARCHIVO (Marvin Caravaca)

La Sala Constitucional eliminó, este miércoles, la herramienta de la Dirección General de Tributación (DGT) para realizar cobros anticipados por deudas de impuestos al contribuyente.

Los magistrados declararon inconstitucional la posibilidad del fisco de exigir el pago de la sanción e interés de tributos no cancelados en un plazo de 30 días, según el artículo 144 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

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