Negocios

Bancos deberán retener 2% al cancelar pagos con tarjeta

Tributación justifica que es un pago adelantado del impuesto de la renta

La recaudación del impuesto sobre las ventas representa casi la mitad de los ingresos corrientes que obtendrían en el 2018.|  JORGE ARCE
La recaudación del impuesto sobre las ventas representa casi la mitad de los ingresos corrientes que obtendrían en el 2018.| JORGE ARCE

A partir del próximo 1.° de octubre, cuando un banco entregue al comercio el dinero que le corresponde por todos los pagos que recibió por medio de tarjetas de crédito o débito, le retendrá un 2%.

Así lo ordena la Dirección General de Tributación en la resolución DGT-R-036-2014, publicada el lunes 25 de agosto en La Gaceta .

Es decir, cuando una persona paga a un comercio con tarjeta –por ejemplo, si cancela ¢100 en un restaurante–, el propietario del negocio debe luego ir al banco emisor de la tarjeta a pedirle que le pague los ¢100.

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