Presidente Rodrigo Chaves deroga fuerte restricción al gasto público

Lo que está haciendo es liberando el gasto, afirma exministro Elian Villegas, al conocer que Chaves derogó decreto que frenaba crecimiento en transferencias y reducía gasto en salarios eventuales y compras de bienes y servicios

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El presidente de la República, Rodrigo Chaves Robles, derogó un decreto que imponía fuertes medidas para reducir el gasto público, el cual había emitido el exmandatario Carlos Alvarado.

El decreto establecía rigurosas restricciones a las instituciones públicas a la hora de gastar en remuneraciones eventuales, suplencias, transferencias corrientes y adquisiciones de bienes y servicios, entre los años 2021 y 2025.

Para las transferencias corrientes, se establecía un tope de crecimiento en comparación con el presupuesto ejecutado de 2020.

Por ejemplo, para el año actual, las instituciones no podían gastar en este rubro más de un 101% de lo girado en 2020. Asimismo, para el 2025, el límite era un 102,53%.

En cuanto a las demás partidas, el decreto exigía recortes graduales en el uso de los fondos públicos a partir de los recursos ejecutados en el 2020.

Para la compra de bienes y servicios, por ejemplo, este año solo podía gastarse un 85,56% de lo ejecutado hace dos años y, en el 2025, el porcentaje debía bajar a un 67,72% de lo girado en el 2020.

Otro ejemplo es el siguiente: el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) ejecutó ¢922 millones en remuneraciones eventuales hace dos años. El decreto establecía que, en el 2022, solo podría gastar un 83,72% de lo girado en el 2020, de manera que el límite era de ¢772 millones, pero ahora el MOPT quedó exento de ello. A su vez, para el 2025, la cifra habría bajado aún más a ¢591 millones.

Con dichas restricciones, la administración anterior buscaba contener el gasto corriente primario en 3,45 puntos porcentuales del producto interno bruto (PIB), a fin de que el ajuste fiscal negociado con el Fondo Monetario Internacional (FMI) se apoyara, principalmente, en reducción del gasto público.

De hecho, el decreto fue emitido el 11 de enero de 2021, el mismo día en que se iniciaron oficialmente las negociaciones de Costa Rica con el FMI en busca de un crédito blando de $1.778 millones.

Las medidas estaban estipuladas en el decreto 42798-H, el cual fue derogado el 2 de setiembre por Chaves y por el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, según publicó el diario oficial La Gaceta.

La norma derogada establecía que todos los ministerios e instituciones cubiertas por el Presupuesto Nacional debían cumplir con las restricciones en la formulación de sus presupuestos anuales.

Elian Villegas: Lo que se hace es liberar gasto

Al ser consultado sobre la derogatoria, Elian Villegas, quien fuera ministro de Hacienda de mayo de 2020 a mayo del 2022, declaró que si la actual administración no establece un mecanismo similar, se debilitaría la aplicación de la regla fiscal y se liberaría el gasto en las instituciones públicas.

“Ese decreto pretendía ser una guía muy fuerte para ministerios e instituciones.

“Sin una restricción de este tipo, el gasto público queda más suelto a nivel de ministerios e instituciones; entonces, se hace todavía más difícil cumplir con la regla fiscal. Es importante contar con algún instrumento que permita organizar la restricción en el gasto, porque, si no, se puede volver un concepto vacío”, dijo.

Villegas concluyó que “lo único que puede esperarse con la derogatoria, si no se piensa en un instrumento similar para contener el gasto público, es que se está liberando a los distintos ministerios para que, dentro del contenido del presupuesto, puedan gastar de forma más amplia”.

En los considerandos de la derogatoria del decreto, la administración de Rodrigo Chaves argumentó que, debido a la pandemia de coronavirus, las instituciones tuvieron niveles bajos de ejecución de sus presupuestos en 2020.

Esos parámetros eran los utilizados por el decreto para establecer los niveles de crecimiento o de recorte para los años siguientes.

“Al utilizar estos (niveles de gasto de 2020) para determinar los topes máximos para el siguiente periodo, la restricción al gasto fue mucho mayor, por lo que durante el proceso de ejecución, las entidades pudieron verse en la disyuntiva de incumplir la regla fiscal a nivel de gasto ejecutado, o bien, postergar gastos, proyectos de inversión, transferencias y cubrir obligaciones legales y constitucionales, entre otros, a fin de cumplir con dicha regla”, dice el decreto.

Pese a ese alegato, el Gobierno no planteó nuevos límites.

Ministro de Hacienda, Nogui Acosta: Decreto se basaba en una norma insubsistente

El ministro de Hacienda, Nogui Acosta, alegó que derogaron las restricciones porque eran incongruentes con un decreto sobre la regla fiscal promulgado en junio anterior por el presidente Chaves.

Dicha reforma, altamente cuestionada por la Contraloría General de la República (CGR), flexibilizó el modelo de verificación del cumplimiento de la regla fiscal, al grado de que permite al Gobierno incrementar el gasto público en ¢412.000 millones durante el año 2022.

Un primer reglamento de la administración de Alvarado establecía que el cumplimiento de la regla fiscal se verificaba al comparar el gasto realmente ejecutado en el año en curso con la ejecución del año anterior.

En cambio, la reforma de Chaves establece que la verificación se hará únicamente comparando el presupuesto final del año (incluyendo los presupuestos extraordinarios) con el presupuesto ordinario del año anterior.

“Se ajusta lo concerniente a la forma de verificación del cumplimiento de la regla fiscal al finalizar el periodo; se determina que la regla fiscal se aplica a los presupuestos y no sobre el gasto ejecutado, como establecía el decreto 42798-H (normas para el control y la reducción del gasto público)”, argumentó Acosta.

El ministro agregó que, “por lo tanto, lo que se hace es eliminar un decreto que se basaba en una premisa insubsistente”.

Además de esas medidas, el presidente Rodrigo Chaves impulsa un proyecto de ley en la Asamblea Legislativa que flexibilizaría la aplicación de la regla fiscal, al excluir del cálculo los intereses y la obra pública, así como a diversas instituciones. Esa propuesta abriría la puerta para aumentar el gasto del Gobierno Central en otros ¢140.000 millones.

Así se aplicaban las fuertes restricciones de gasto público suprimidas por el presidente Chaves

Límites al crecimiento de transferencias corrientes en las instituciones del Gobierno:

- En 2021, el límite superior será 100,50% de lo girado en 2020

-En 2022, el límite superior será 101,00% de lo girado en 2020

-En 2023, el límite superior será 101,51% de lo girado en 2020

-En 2024, el límite superior será 102,02% de lo girado en 2020

-En 2025, el límite superior será 102,53% de lo girado en 2020

Reducción en la ejecución de la partida de adquisición de bienes y servicios:

- En 2021, el límite superior será 92,50% de lo ejecutado en 2020

- En 2022, el límite superior será 85,56% de lo ejecutado en 2020

- En 2023, el límite superior será 79,15% de lo ejecutado en 2020

- En 2024, el límite superior será 73,21% de lo ejecutado en 2020

- En 2025, el límite superior será 67,72% de lo ejecutado en 2020

Reducción en la ejecución de la partida de adquisición de servicios especiales, suplencias y eventuales remuneraciones

- En 2021, el límite superior será 91,50% de lo ejecutado en 2020

- En 2022, el límite superior será 83,72% de lo ejecutado en 2020

- En 2023, el límite superior será 76,61% de lo ejecutado en 2020

- En 2024, el límite superior será 70,09% de lo ejecutado en 2020

- En 2025, el límite superior será 64,14% de lo ejecutado en 2020