Franz Tattenbach señala debilidades del Minae al defender polémicas decisiones ante Sala IV

Ministro de Ambiente calificó las sentencias como ‘asuntos administrativos’ y aseguró que las respuestas a la Sala Constitucional no se elevaron a conocimiento de la dirección jurídica del Minae ni a su despacho

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

El ministro de Ambiente y Energía (Minae), Franz Tattenbach, reconoció que hubo falta de defensa por parte de esa cartera en las ocho sentencias ambientales emitidas por la Sala Constitucional, en contra del Estado, durante los casi dos años de gobierno de Rodrigo Chaves.

Esos fallos han condenado al Minae, al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) y al Ministerio de la Presidencia, entre otras entidades estatales, por carecer de criterios técnicos para tomar decisiones o por su inacción en materia de protección ambiental.

Uno de los fallos fue contra el aumento en la visitación del Parque Nacional Manuel Antonio de 2.000 a 3.000 visitantes por día.

Según los magistrados, se trató de una carga excesiva para la zona protegida y, además, carecía de respaldo técnico. Para fundamentar el fallo, los altos jueces tomaron en cuenta un modelo de flujo de visitantes de diciembre del 2022, que estableció una capacidad máxima de carga de 1.120 turistas diarios.

En una entrevista con La Nación, Tattenbach insistió en que sí existía un criterio técnico para aumentar la visitación al parque nacional y un plan de mejoras en proceso para el sitio. Sin embargo, dijo que al momento de defender el recurso “no se elevó a conocimiento de la dirección jurídica del Minae ni del ministro para armar la respuesta”.

“Este recurso de amparo tal vez lo hubiéramos perdido, de todos modos, pero considero que fue mal defendido. Si bien es posible que la Sala no hubiera aceptado nuestro criterio, sí lo había; esa discusión se dio antes de aumentar la visitación. Aceptamos el fallo, nunca lo cuestionamos, pero no estoy de acuerdo con la afirmación de que no teníamos un criterio técnico. Estamos bien informados y muy involucrados con lo que está sucediendo”, dijo el jerarca.

‘Asuntos administrativos’

Otra de las condenas emitidas por la Sala IV fue por el abandono del refugio Playa Hermosa-Punta Mala, entre Garabito y Parrita, en el Pacífico central.

En su fallo, el alto tribunal ordenó a Tattenbach proporcionar los recursos necesarios para que los funcionarios cuenten con la infraestructura y los suministros requeridos para garantizar la protección de la reserva, donde desovan tortugas.

Los magistrados constataron que el puesto de control en Playa Hermosa estaba inhabitable, razón por la cual los funcionarios tuvieron que ser trasladados al de Punta Mala.

El ministro confirmó el deterioro de la zona, pero dijo que no existía una obligación, ya que son “asuntos administrativos” y competencias del Sinac.

Al mismo tiempo, señaló que en muchas ocasiones estos recursos de amparo son presentados por funcionarios que se sienten “desamparados” y buscan una respuesta a sus necesidades.

Sin embargo, opina que no siempre existe coordinación entre los responsables de responder a los recursos y la situación “detrás” de cada problema.

“Algún usuario o funcionario decide poner un recurso de amparo; la Sala no sabe mucho, lo acoge y nosotros tenemos que responder, pero yo creo que es una decisión más administrativa de cómo vamos a atender la vigilancia en Playa Hermosa-Punta Mala, no la vamos a dejar abandonada, ni la tenemos abandonada”, aseguró.

Protección de fuentes de agua

En julio del 2023, la Sala Constitucional también le ordenó a Tattenbach recuperar terrenos en las montañas de Heredia que fueron declarados patrimonio natural, desde 1888, con el fin de proteger las fuentes de agua que abastecen a Heredia, Alajuela y San José.

El fallo se dictó luego de que un ciudadano presentara un recurso de amparo en el cual argumentaba que estas áreas montañosas albergan no solo fuentes de agua superficiales, sino también corrientes subterráneas amenazadas por proyectos constructivos.

Para el ciudadano, es urgente su protección por el bien de quienes dependen de los ríos Segundo, Ciruelas, Tibás y Pará, que nacen en esta región.

Tattenbach dijo que están preparando una serie de informes para analizar cómo proceder en la zona.

En el mejor de los casos, si los habitantes logran demostrar la titularidad de las tierras, podrían ser expropiados; pero no podría hacerse lo mismo con aquellos que no logren demostrar que los terrenos les pertenecen desde antes de la promulgación de la ley. No obstante, insistió en que el análisis está en curso.

‘Estudio bien tutelado’

En febrero del 2024, la Sala Constitucional también condenó al Instituto Costarricense de Pesca y Acuicultura (Incopesca) por no proporcionar a la Fundación MarViva la información del estudio destinado a revivir la pesca de arrastre de camarón en el Pacífico costarricense.

Esta medida se tomó luego de que, en setiembre del 2023, el mandatario Rodrigo Chaves comunicara que Incopesca haría un estudio sobre alternativas responsables para la pesca de camarón.

Sobre el estudio, Tattenbach afirmó que, en su opinión, está bien tutelado desde el punto de vista del Minae y que como institución están asegurándose de darle seguimiento para que no tenga un impacto negativo.

“Yo tengo suficientes datos y criterios para creer que es una técnica diferente de la que se había prohibido y los resultados preliminares arrojan resultados maravillosos en cuanto al poco impacto que tiene de la pesca incidental, pero para eso estamos haciendo los estudios”, sostuvo.

Actualmente, el estudio se encuentra suspendido debido a que el Tribunal de Apelaciones Contencioso Administrativo acogió, por segunda vez, un pedido de medida cautelar de la Fundación MarViva.

Otras de las condenas que ha recibido el gobierno de Rodrigo Chaves fue por la contaminación de agua con el pesticida clorotalonil en Cipreses y Santa Rosa de Oreamuno, en Cartago; el incumplimiento de protección del río Sarapiquí; la exclusión de humedales del plan regulador costero de Talamanca y la invasión del corredor biológico Paso las Lapas.