¿Por qué un líder narco puede quedar libre a la mitad de su condena?

Un débil trabajo criminológico del Ministerio de Justicia puede facilitar la salida de prisión de personas que todavía estén ligadas al crimen organizado, señala juez de ejecución de la pena

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¿Por qué el líder de una banda narco puede quedar en libertad condicional cuando apenas ha cumplido la mitad de su condena? La respuesta sencilla es que, si el reo cumple los requisitos, la ley se lo permite. Sin embargo, un débil trabajo criminológico del Ministerio de Justicia también puede facilitar su salida de prisión.

En el país, cuando un recluso quiere optar por la libertad condicional, debe cumplir una serie de supuestos, incluido el buen comportamiento, y el Instituto Nacional de Criminología (INC), adscrito al Ministerio de Justicia y Paz, debe realizar un riguroso estudio para determinar si es adecuado otorgarle este beneficio.

Pese a que el informe técnico que emite el INC no es vinculante, puede pesar lo suficiente como para que un juez de ejecución condicional de la pena decida si le otorga o no esa posibilidad al sentenciado, sin importar el delito que haya cometido.

Así lo explicó a La Nación el juez de ejecución de la pena Mario Rodríguez Arguedas, al detallar que en el dado caso de que un recluso cumpla los requisitos para optar por la libertad condicional, el juez tiene toda la potestad de negarle esa posibilidad si recibe un informe del INC que le compruebe que esa persona sigue ligada al narcotráfico o a una banda criminal. No obstante, señaló que en todos sus años de experiencia nunca ha visto un informe del INC de ese calibre.

“Hasta la fecha, Adaptación Social (Ministerio de Justicia) no ha logrado demostrarnos a nosotros (los jueces) fehacientemente a través de un estudio criminológico que una persona continúa ligada a una banda, porque eso sí sería grave y podría ser un elemento para negar el beneficio.

“Pero un estudio criminológico donde se vaya a la comunidad y a los grupos de pares, que se logre demostrar que esa persona todavía continúa como líder o ligada a esa organización criminal; a mí me parece que eso sí podría ser fundamento, pero solo decirlo por decirlo, porque no lo pueden comprobar, no es fundamento”, detalló Rodríguez.

El juzgador aclaró que, aunque el país sufra una ola de violencia alimentada por el narco, la ley no le permite a los jueces negarle la libertad condicional a un reo solo por haber sido condenado por tráfico de drogas.

O sea, el juez no puede discriminar por tipo de delito, ni tampoco por el contexto criminal que enfrente Costa Rica en el momento. De hecho, Rodríguez explicó que solo la Asamblea Legislativa podría permitir algo así mediante legislación, pero que a su juicio sería peligroso y poco estratégico.

“Nosotros no podríamos tomar el delito como tal como motivo para no otorgarle el beneficio si esa persona cumple con las condiciones. Y de hecho, la Sala (Constitucional) lo ha indicado así: que la gravedad del delito no es un elemento que uno debería tomar en cuenta para otorgar o rechazar un beneficio de libertad condicional”, aseguró.

Caso de Press

A propósito del tema, Rodríguez se refirió al caso de Jeison Alfaro Bustamante, conocido como Press, quien había sido condenado por liderar una banda de tráfico internacional de drogas y salió de la cárcel el pasado 27 de abril, luego de que un juez de ejecución de la pena le autorizara purgar el resto de su sentencia fuera de celdas, en un régimen abierto.

Press ya había completado la mitad de su sentencia, que era de nueve años en total, y recibió el beneficio aunque el INC intentó evitarlo.

El ministro de Justicia, Gerald Campos, grabó un video en el que se mostró preocupado por la decisión del juez que otorgó la libertad condicional al convicto. El jerarca alegó que, a su juicio, el INC emitió un informe técnico que estaba suficientemente fundamentado y demostraba por qué no era conveniente liberar a Alfaro.

De hecho, Campos incluso invitó al Poder Judicial a ejecutar “un análisis con lupa de estas decisiones que pueden detonar un grave problema a la sociedad”.

“Como Gobierno, respetamos esa decisión, pero no la compartimos. En reiteradas ocasiones indicamos que dicha persona lideraba una banda de tráfico internacional de drogas que marcó con sangre la provincia de Limón. Costa Rica enfrenta un duro reto en temas de criminalidad y no le podemos trasladar al pueblo un problema más.

“Hay un informe técnico del Instituto Nacional de Criminología que determina contundentemente el peligro que representa dicha persona al estar fuera de la cárcel. Nos extraña que este criterio técnico no fuera decisivo al momento de la valoración que realizó el juez”, manifestó Campos.

El juez Mario Rodríguez dijo sentirse sorprendido por las declaraciones del ministro, ya que aseguró que si el informe técnico del INC hubiera contado con las pruebas para demostrar que Press seguía conectado a su organización criminal o al tráfico de drogas, ningún juez de la República le hubiera otorgado la libertad condicional.

Sin embargo, el jurista señaló que a juzgar por la decisión que tomó el juez a cargo del caso y que luego ratificó el Tribunal Penal de Limón, tal informe no contaba con los insumos suficientes para rechazar ese beneficio carcelario.

“¿Cómo demuestran que esa persona sentenciada continúa siendo el líder de tal banda criminal? Que puede ser cierto, yo no digo que no, pero hay que demostrarlo. En el Ministerio (de Justicia) tienen una unidad de inteligencia de la Policía Penitenciaría, pero informes de esa unidad en ese sentido nunca se aportan a un estudio de libertad condicional.

“Por lo menos yo nunca he tenido un informe claro de esa unidad que me diga a mí que alguien continúa ejerciendo su actividad delictiva desde prisión. Si (Justicia) tiene esa línea de acción en este momento, no es que está mal, podría ser una línea de acción correcta para no liberar personas que están ejerciendo actividades delictivas desde el interior de los centros penales.

“Pero los informes deberían de demostrarlo porque el juez no lo puede demostrar, al juez le tienen que llevar los estudios y a partir de eso tomar una decisión”, concluyó el jurista, al destacar que aunque el INC hace bien su trabajo, este tipo de estudios deben hacerlos los criminólogos.

La Nación publicó queen el Instituto Nacional de Criminología solo laboran diez personas y nueve de ellas no son criminólogas. Se trata de funcionarios del Poder Ejecutivo que tienen la responsabilidad de evaluar si un reo cumple con las condiciones para pasar de un régimen cerrado a uno semiabierto o abierto.

“Llegar y dar una declaración donde se está desmeritando la decisión de un juez es muy peligroso porque eso le genera a la población una falsa noción de lo que está sucediendo realmente a la hora de que un juez toma una determinación. Se creería que a ese juez no le importa que esa persona tenga equis perfil o sea un narcotraficante, pero lo que pasa es que no se está diciendo que ellos (Justicia) no están aportando esos elementos a un caso concreto”, finalizó Rodríguez.

No aporta informe

Este periódico solicitó a Justicia el informe técnico que emitió el INC para el caso de Press, pues el ministro Campos señaló en su video que el documento “determina contundentemente el peligro que representa dicha persona al estar fuera de la cárcel”. No obstante, la oficina de prensa respondió lo siguiente:

“Dicho informe bajo el numeral visto en el oficio INC-6088-2022, de fecha 2 de diciembre del 2022, correspondiente al artículo 30 de la Sesión Ordinaria 5923 celebrada por el Instituto Nacional de Criminología el 29 de noviembre del 2022, fue dirigido a un juez de la República. Le corresponde a la Oficina de Prensa y Comunicación del Poder Judicial, valorar si puedo compartir o no”.

Consultado al respecto, el Poder Judicial dijo que aunque el documento no es de carácter público, consultaría al juez a cargo del caso si se puede remitir. Además, agregó que desconoce las razones por las que el INC alega “que corresponde al Poder Judicial entregar o facilitar esos informes. No es la primera vez que un periodista nos pone en conocimiento de situaciones similares”.

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