Sanciones por huelga judicial dependen de interpretación de juez

Sala IV dictaminó en el 2011 que cualquier rebajo salarial se hará después de que el movimiento se declare ilegal

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La posibilidad de que se impongan sanciones económicas a los funcionarios públicos por participar en la huelga en el Poder Judicial, que duró 13 días, dependerá de la interpretación que un juzgado laboral realice del artículo 379 del Código de Trabajo.

La mencionada norma se introdujo en la reciente Reforma Procesal Laboral (vigente desde el 25 de julio pasado) y estipula que cualquier sanción "solo será procedente a partir de la declaratoria de ilegalidad de la huelga".

El especialista en derecho laboral, Erick Briones Briones, explicó que el artículo es nuevo y es la primera vez que se va a utilizar, por eso advirtió que la manera de aplicarlo dependerá del análisis del juzgador que determine si la huelga fue legal o ilegal.

En este caso, la Procuraduría General de la República solicitó el 28 de julio anterior al Juzgado de Trabajo de Pococí la declaratoria de ilegalidad del movimiento.

LEA: Juzgado de Trabajo de Pococí definirá legalidad de la huelga de empleados del Poder Judicial

En criterio de Briones, por un lado, la rebaja patronal se podría hacer retroactiva al momento del inicio de la huelga, "ya que no se justificaría recibir pago si no se trabajó".

Sin embargo, hizo ver que la otra opción, por la que se decanta, "es que los trabajadores que hubiesen participado en el movimiento huelguístico antes de esa declaratoria, no podrán ser objeto de rebajo salarial, ni tampoco sancionados de forma alguna por la mera participación en la huelga, ya que, de lo contrario, se estaría produciendo una lesión a sus derechos fundamentales".

Briones citó jurisprudencia de la Sala Constitucional, que en el voto 10832-2011 resolvió una acción de inconstitucionalidad relacionada con varios artículos del Código de Trabajo.

En esa sentencia manifiestan los magistrados: "Para la mayoría de este Tribunal(...) la terminación de los contratos de trabajo o, en su defecto, el rebajo salarial o cualquier tipo de sanción solo sería procedente a partir de la declaratoria de ilegalidad de la huelga. En consecuencia, los trabajadores que hubieran participado en el movimiento huelguístico antes de esa declaratoria no podrían ser despedidos, ni sus salarios rebajados, ni tampoco sancionados de forma alguna por la mera participación en la huelga".

El fallo contó con el apoyo de los altos jueces Ana Virginia Calzada, Luis Paulino Mora (fallecido en el 2013), Gilbert Armijo, Paul Rueda y Fernando Cruz. Salvaron el voto Ernesto Jinesta y Fernando Castillo.

"Lo que se deduce, o se podría pensar, es que los rebajos serían si los trabajadores siguen holgando (ociosos) una vez conocida la declaratoria de ilegalidad", dijo Briones.

El Frente de Organizaciones Gremiales del Poder Judicial, en un comunicado emitido el pasado 27 de julio, había informado a los funcionarios judiciales que, de acuerdo a la nueva legislación laboral, "un trabajador que participe en una huelga que sea declarada ilegal no puede ser despedido, sancionado, ni se le puede rebajar su salario, siempre que regrese a laborar en un plazo de 24 horas a partir de la notificación de la declaratoria de ilegalidad".

El comunicado lo emitió el Frente Gremial, que incluye a 24 agrupaciones, para apaciguar el miedo de cientos de funcionarios que temían un rebajo salarial por participar en la huelga.

LEA: Magistrados y gremios del Poder Judicial unifican proyecto de pensiones y ponen fin a la huelga

Consultado sobre posibles sanciones a los funcionarios que no trabajaron debido a la huelga, Carlos Chinchilla, presidente de la Corte Suprema de Justicia, respondió: "Eso va a estar de acuerdo con lo que suceda con el proceso laboral que se tiene presentado por parte de la Procuraduría General de la República. Estamos a la espera de si se declara la ilegalidad de la huelga".

Chinchilla enfatizó que no se ha dado ninguna orden para que no se tramite esa causa, la cual sigue el proceso de manera normal en Pococí.

Paralelamente, el presidente de la Corte manifestó que todavía se desconoce el impacto del movimiento en el Poder Judicial. Este martes los 13.000 trabajadores judiciales reanudaron las labores de forma normal.

"Sabemos que hay una gran cantidad de audiencias que no se han realizado o que se dejaron de hacer (...) hasta el momento no hemos podido tener la información porque las Contralorías de Servicio estaban en huelga, ya hoy día no están, entonces estamos solicitando en forma inmediata que nos indiquen cuántas diligencias se dejaron de hacer en todas las materias (...). En esto los gremios que fueron a huelga se han comprometido a que ello se reponga en tiempo extra" mencionó.

Igualmente, solicitará al director del Organismo de Investigación Judicial (OIJ), Wálter Espinoza, y al Fiscal General de la República, Jorge Chavarría, un informe sobre los asuntos que se dejaron de tramitar durante los días del paro.