Priscilla Crespi condenada por llevar dinero a Panamá para comprar droga

Sala Tercera de la Corte confirmó en diciembre pasado sentencia de ocho años de prisión. Mujer permanece detenida desde noviembre del 2015

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Priscilla Crespi Guzmán era la persona de confianza del líder (de apellidos Góngora Quiñones) con quien tenía una relación sentimental. Se encargó de comercializar parte de la droga que tenía Góngora. De igual forma transportó vía aérea a Panamá dinero producto del narcotráfico y que era para el pago a los proveedores de drogas en Panamá y Colombia”.

La frase extraída de la sentencia 61-2021 del 4 de febrero del 2021 dictada por el Tribunal de Juicio de Heredia, resume el sustento probatorio por el cual se condenó a esta miembro de la conocida familia Crespi, a ocho años de prisión, por infringir la Ley contra Narcotráfico, en su modalidad agravada de tráfico de drogas internacional, así como por almacenamiento de narcóticos y legitimación de capitales.

Esta sentencia trascendió hace poco días, pues fue el pasado 9 de diciembre que la pena adquirió firmeza cuando la Sala Tercera de la Corte declaró inadmisibles los recursos de casación interpuestos por los abogados Leonel Villalobos Salazar y Gilberto Villalobos Zamora, defensores de la imputada, quienes pretendían que se anulara la condena y se absolviera a la mujer, pues alegaron que en el proceso judicial no se probó la participación de ella en el ilícito acusado.

“La condena es inválida porque se fundó en prueba ilegítima que no se introdujo al debate, porque las interceptaciones de comunicaciones telefónicas es prueba insuficiente y no hubo prueba material que las corroborara. Además, la relación de hechos que se atribuye a mi patrocinada es deficiente, porque no se precisan los montos exactos de dinero que supuestamente adquirió proveniente del comercio de la droga y que envió a proveedores de esa sustancia ilícita en Panamá”, argumentaron los defensores.

¿Quién es?

Priscilla Crespi de 32 años, es parte de una familia que en los últimos 10 años tomó notoriedad en asuntos judiciales pues las autoridades los relacionaron con hechos de violencia y narcotráfico. Una hermana de Priscilla, Pamela, pasó varios meses en prisión como sospechosa de formar parte de la banda de Marco Antonio Zamora Solórzano, conocido como El Indio. A ella la absolvieron el 3 de febrero del 2015. Quedó en libertad y tan solo un mes y medio después, la intentaron matar cuando esperaba ingresar a la Unidad de Admisión de San Sebastián, en San José. Pamela sobrevivió al atentado.

Otro hermano, José Francisco Crespi Guzmán, descuenta prisión pues el 17 de julio del 2015 el Tribunal de Juicio de Desamparados lo condenó a 20 años de cárcel por dos homicidios simples cometidos el 9 de agosto del 2014, en el bar Toño’s, en Calle Fallas de Desamparados. Mientras que a Kenneth Francisco Crespi Guzmán lo asesinaron a balazos la mañana del 5 de febrero del 2018, cuando llegó a retirar su auto de un lavacar en Plaza González Víquez, en San José. Kenneth había descontado prisión por varios delitos.

Asimismo, otros miembros de la familia han sido objeto de amenazas y, el 31 de agosto del 2017 desconocidos intentaron quemar la vivienda de la familia Crespi, ubicada 100 metros al oeste de la plaza de Cucubres en Desamparados. Al parecer, al momento de los hechos la vivienda se encontraba alquilada por terceras personas.

Droga para consumo local

En este caso que concluyó con la condena de Priscilla Crespi, el Ministerio Público indicó en la acusación que ella, junto a seis hombres, formaron una organización que entre el 2 de junio y el 24 de noviembre del 2015 se dedicó a traer droga por vía terrestre y en pequeñas cantidades desde Panamá. Aquí alquilaban casas para almacenar el estupefaciente para luego comercializarlo. Durante el período de investigación la Policía determinó que los imputados viajaban a Panamá con dinero para pagar la droga que recibían.

El grupo fue desarticulado el 24 de noviembre del 2015, cuando se detuvo a las siete personas, entre ellos el cabecilla, un colombiano de apellidos Góngora Quiñones que vivía en residencial Los Arcos, en Belén de Heredia. Este sujeto y otros cinco se acogieron el 4 de julio del 2017 a un proceso abreviado y fueron condenados a una pena que no fue posible conocer.

Crespi prefirió someterse a un juicio que concluyó el 4 de febrero del 2021, cuando el Tribunal de Juicio de Heredia la condenó a ocho años de cárcel. La defensa apeló pero el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal de San Ramón, el 13 de agosto del año anterior, declaró sin lugar la impugnación por lo que el tema llegó a la Sala Tercera, que el 9 de diciembre anterior, declaró en firme la condena.

Como parte de los indicios para verificar la participación de Priscilla Crespi en el delito, se tuvo por probado que era una persona a la cual no se le conocía trabajo fijo. Asimismo, que durante el allanamiento a su apartamento, ubicado en el centro de Heredia, le fueron decomisados tres celulares, uno de los cuales estaba intervenido y de ese número se hicieron grabaciones de llamadas telefónicas que la ligaban con los hechos. Además, encontraron ¢7 millones en efectivo.

En la sentencia se señala: “Dentro de la organización la acusada ejercía funciones de administración y control. Su labor era en labores de recibo y distribución del dinero proveniente del narcotráfico y colaboraba en los aspectos de comunicación de los miembros del grupo. También desarrollaba acciones dirigidas al pago de proveedores de drogas en Panamá, dinero que obtenía la organización criminal como consecuencia del tráfico de cocaína.

“Para el tribunal es claro que incluso el dinero que fue hallado en casa de la encartada, el día del allanamiento a su vivienda, es dinero que proviene del narcotráfico, su monto, el lugar donde se encuentra, el hecho de que la imputada no ejerza otra actividad productiva distinta al narcotráfico y su clara vinculación con el trasiego de drogas, son indicios unívocos que nos llevan a la certeza de su participación en el ilícito que se le atribuye”.