Abogados de Keylor Navas, Bryan Ruiz y Celso Borges: ‘La misión que teníamos la cumplimos y se hizo justicia’

Gianna Cersósimo y Federico Torrealba brindaron sus impresiones luego de conocer la decisión de los jueces

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Que el Tribunal llegara a la conclusión de que Keylor Navas, Bryan Ruiz y Celso Borges no dijeron que perderían partidos de forma deliberada si Jorge Luis Pinto continuaba al frente de la Selección Nacional después del Mundial de Brasil 2014, era lo que los futbolistas buscaban cuando decidieron acudir a la vía legal para limpiar su nombre, al sentirse difamados.

Los capitanes de la Selección Nacional estuvieron representados por Gianna Cersósimo y Federico Torrealba, del Bufete Facio y Cañas.

“La misión que teníamos siento que la cumplimos y se hizo justicia, se reconoció de una manera muy amplia por parte del Tribunal en una explicación bastante clara, de que en realidad, lo que nosotros argumentábamos en la querella y la acción civil es cierto, que esos hechos eran ciertos, que nunca jamás se había dicho nada, ni se había insinuado nada de parte de nuestros representados y que efectivamente se incurrió en una falta por parte de los dos querellados y demandados civiles y se les condena en lo civil”, expresó Cersósimo.

Y añadió: “Técnicamente por una cuestión técnica penal no se les condena en lo penal, pero se reconoce que efectivamente se incurrió en una conducta que merece una condena y el juez lo explicó bastante bien. En ese sentido quedamos muy satisfechos”.

Por su parte, Torrealba, quien representó a los jugadores en la demanda civil, expresó: “Recibimos con mucha satisfacción, con mucha humildad este fallo tan positivo para nuestros clientes. Ellos vinieron a esta casa de justicia buscando reivindicación, buscando verdad, buscando claridad y ese objetivo se logró en su totalidad, así que de parte nuestra estamos totalmente satisfechos, tenemos mucha gratitud, estamos muy contentos de cómo ha funcionado nuestro sistema de justicia”.

No quiso hacer mucha referencia a la situación de Eduardo Li, a quien el Tribunal no le creyó y por eso mandó el expediente al Ministerio Público para que lo investiguen por presunto falso testimonio, ya que los jueces consideran que mintió bajo juramento.

“Era un tema importante porque en los juicios se dan duelos de testigos, cuando el testigo dice A y el otro dice la tesis contraria, entonces le corresponde al Tribunal decidir a quién le cree. El Tribunal le dio credibilidad a las cinco personas que declararon y le restó total credibilidad al señor, a don Eduardo”, mencionó Torrealba.

A pesar de que los jugadores pedían el pago de ₡35 millones para cada uno, los jueces determinaron que por daño moral recibirán ₡3 millones.

“El daño moral se indemniza con una suma de dinero que nunca es equivalente al dolor o la afectación o vergüenza causa, simplemente es un símbolo. La indemnización del daño moral es un significante, es un símbolo, porta un mensaje y le comunica al damnificado que su dolor, su frustración, todos los sentimientos que vivió no son irrelevantes desde el punto de vista del derecho”, explicó Torrealba.

Indicó que se impuso una condenatoria a favor de cada uno de los actores, por lo que serían un total de ₡9 millones, en forma solidaria.

“Eso significa que se le puede reclamar la totalidad a cada uno de los señores, pero ese no era el objetivo. Los clientes no era que venían por el cobro de una deuda pecuniaria, no ellos venían por el cobro de una deuda moral y eso está satisfecho en su totalidad”.

Torrealba insistió que la variación entre los montos corresponde a una cuestión técnica.

“Uno como abogado cuando hace un reclamo lo que hace es plantear, hace una propuesta con márgenes amplios, onerosos, pero uno sabe y está sobre entendido, que le toca los Tribunales determinar, porque el daño moral no existe ni existirá nunca una forma de cuantificarlos con precios de mercadeo. Es una propuesta que se hace y ya se sabe que uno plantea un monto y los Tribunales con base en su criterio prudencial, cuando acogen una demanda de estas fijan muy a menudo un monto inferior al que uno pide. Es parte de la costumbre en los procesos de daños y perjuicios y más en estos temas de daños, que no son al patrimonio. Si fue que rompieron un carro, se puede valorar en el mercado”, destacó.

Los jueces entregarán la sentencia el 9 de abril.