Polígono: Echar o no echar

Si el nuestro es un sistema democrático, ningún acto de conciencia de una persona justifica su expulsión de un partido político.

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Aun cuando es inevitable que un partido político establezca mecanismos para excluir a determinadas personas de posiciones de dirección interna o de candidaturas a puestos electivos, la adhesión al partido la decide unilateralmente cada individuo y solo por este puede ser revocada. Al recibir la noticia de que se iniciaría un proceso que podría conducir a la expulsión de algunos miembros de un partido político costarricense, de lo primero que dudamos fue de su legitimidad. Pese a que vivimos sumergidos en un clima de simplificación mediática que incita a tomar las decisiones con base en eslóganes, de inmediato pasamos a preguntarnos de qué naturaleza podrían haber sido los actos repudiables por lo que se les condenaría eventualmente a la exclusión: después de todo, una vez que un candidato a la presidencia de Estados Unidos declaró que él podría, sin consecuencias electorales, matar a alguien en las calles de Nueva York, uno podría asumir que quien quisiera ganarse la expulsión de una agrupación política tendría que llegar al extremo de asesinar a su progenitora en un expendio de hamburguesas repleto de clientes.

Sin entrar a juzgar las razones que dieron origen al proceso del que hablamos, consideramos que, si el nuestro es un sistema democrático, ningún acto de conciencia de una persona justifica su expulsión de un partido político. Sobre todo, si se toma en cuenta que, en la práctica, hasta en las democracias más avanzadas la única participación permitida a la mayoría de los partidarios es la emisión secreta del voto. De hecho, no encontramos en el horizonte histórico de Costa Rica muchas expulsiones de personas de un partido, aun cuando sí ha habido sanciones como la suspensión temporal del ejercicio de funciones de dirección.

Resumamos. En una democracia, retirarse de un partido político es prerrogativa del individuo; por el contrario, la expulsión tiene visos de ilegitimidad, a menos que el “expulsado” haya sido, de antemano, condenado en los tribunales de la República por la comisión de un delito grave. Y, en cuanto a los actos de conciencia, si en un partido resuenan las fibras de la democracia, lo que debe hacer es contar con foros en los cuales los copartidarios puedan intercambiar recriminaciones razonadas… y dejar siempre abierta la puerta de salida.

duranayanegui@gmail.com