Lo bueno, lo malo y lo feo en materia ambiental

El archivo del Acuerdo de Escazú es algo difícil de entender en un país tradicionalmente líder en los dos grandes temas que comprende el tratado

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En los últimos meses, tanto a escala nacional como internacional, ocurrieron diversos hechos buenos, malos y feos relacionados con el desarrollo sostenible.

Entre lo bueno, cabe destacar la aprobación del Marco Global de la Biodiversidad Kunming‑Montreal (conocido como GBF) 2022-2030, que sustituye el Plan Estratégico de la Biodiversidad 2011-2020 y las llamadas Metas de Aichi.

Este se configura como la orientación y guía para los gobiernos, el sector privado y las organizaciones internacionales. Incluye mecanismos de financiamiento, centros de investigación y otros para un mundo en el que se viva en armonía con la naturaleza, donde ya en el 2050 la biodiversidad se valore, conserve, restaure y utilice en forma racional. El fin es el mantenimiento de los servicios que brindan los ecosistemas, residir en un planeta sano y gozar de beneficios esenciales.

Es un documento más comprensivo y mejor estructurado que su antecesor, contempla cuatro grandes objetivos y 23 metas, algunas de ellas de alto impacto mediático, como la conservación eficaz de un 30 %, como mínimo, de la biodiversidad terrestre y marina del planeta de aquí al 2030.

Lo anterior será posible por medio de áreas silvestres protegidas u otras medidas de conservación, tales como corredores biológicos y áreas marinas de pesca responsable. Otras metas resultan innovadoras, como garantizar la integración en las operaciones de las empresas, especialmente las transnacionales e instituciones financieras, de consideraciones sobre sus impactos en la biodiversidad y de informar al público apropiadamente acerca de sus acciones.

En segundo lugar, está terminado el texto de un nuevo tratado Internacional para conservar la biodiversidad mundial en zonas más allá de toda jurisdicción nacional (fuera de la soberanía de cada Estado), especialmente altamar y los fondos marinos, de manera que se subsane un vacío histórico en la normativa e institucionalidad existente para proteger y manejar más de un 40 % de la superficie del planeta.

Esta extensa porción estará sujeta a disposiciones vinculantes por medio de un instrumento incorporado a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, una vez que entre en vigor.

El futuro tratado comprende el uso sostenible de la diversidad marina en esas zonas, tales como la gestión de áreas marinas protegidas en altamar, instrumentos preventivos como la evaluación de impacto ambiental para minimizar las consecuencias negativas de ciertas actividades humanas, la capacitación y la transferencia de tecnología, la investigación (para diferentes fines, entre ellos, el desarrollo de medicamentos y otros productos) sobre los recursos genéticos marinos (incluida la información genética) y la consiguiente distribución justa y equitativa de beneficios, y aspectos institucionales necesarios para ejecutar este novedoso y complejo instrumento de manera sinérgica con otros cuerpos legales regionales y multilaterales.

Fueron presentadas solicitudes de opiniones consultivas relacionadas con el derecho internacional, los derechos humanos y el cambio climático ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Internacional de Justicia.

Una primera iniciativa de los gobiernos de Colombia y Chile fue recibida en enero por la Corte para aclarar el alcance de las obligaciones estatales y responder a la emergencia climática con respeto por los derechos humanos. Esta es un complemento perfecto a la Opinión Consultiva C-23-2017 sobre derechos humanos y ambiente y de obligada cita en la jurisprudencia ambiental (comprendidas resoluciones recientes de la Sala Constitucional), en la doctrina y como apoyo a la emisión de nueva legislación tutelar del medio.

A comienzos de marzo, la Asamblea General de las Naciones Unidas, en una iniciativa esperada desde hace varios años y apoyada por un gran número de países —entre ellos, el nuestro— solicitó a la Corte de la Haya una opinión similar para determinar las obligaciones y responsabilidades internacionales de los Estados en la protección del sistema climático en vista de la evidencia científica sobre la grave afectación debida a factores humanos.

Lo que estas Cortes decidan configura un decisivo aporte al derecho internacional del desarrollo sostenible y tendrá repercusiones en el actuar de los Estados y otros actores en la atención del cambio climático.

A escala nacional, se agregan a la lista de hechos positivos la prohibición de la captura, por medio de un decreto ejecutivo de febrero del 2023, de varias especies de tiburón martillo, y medidas para reducir la pesca incidental, demanda de larga data de organizaciones no gubernamentales.

Malo

Entre lo malo, figura la constatación de la contaminación con mercurio del agua en sitios aledaños donde se efectúa la explotación ilegal de la minería en Crucitas.

A otros impactos ambientales y sociales se suma ahora este, que incrementa las dificultades para resolver la problemática que aún está lejos de ser solucionada de manera integral, pese a lo dispuesto en los votos de la Sala Constitucional.

Asimismo, bajo esta categoría, se incluye el otorgamiento de licencias a ocho embarcaciones para la pesca de camarón con redes de arrastre, con el fin de investigar si las técnicas empleadas cumplen adecuadamente con el objetivo de minimizar hasta un grado aceptable los efectos sobre la fauna de acompañamiento, según lo dispuesto en el voto 10450-2013 de la Sala Constitucional.

La metodología y el número de barcos empleados en la investigación son criticados, en particular, por la Universidad Nacional y la Universidad de Costa Rica, y si el resultado es positivo, la pesca aún deberá recorrer un largo camino antes de ser reanudada mediante una ley.

Es necesario señalar el aumento —sin sustento técnico para no violar varios principios del derecho ambiental— de la visitación (de 2.000 a 3.000 personas al día) en el Parque Nacional Manuel Antonio, que si bien permite el turismo, lo supedita (mediante herramientas generales y específicas desarrolladas por el Sinac) a que la actividad se realice sin perder de vista el objetivo principal de conservación de la biodiversidad que permea los emblemáticos parques nacionales.

Lamentable

Sin duda, el archivo del Acuerdo de Escazú —que ya alcanza 15 ratificaciones en el continente—, algo difícil de entender en un país tradicionalmente líder en los dos grandes temas que comprende el tratado: los derechos humanos y el ambiental.

La no ratificación pone en entredicho la reputación verde utilizada para atraer inversiones, turismo y cooperación internacional. Si bien no está “enterrado” como erróneamente se menciona, resulta poco viable en el futuro cercano, pues cuenta con poco apoyo político.

En conclusión, noticias buenas, malas y desafortunadas acompañan la política y gestión ambiental costarricense e internacional.

jorgecmedaglia@hotmail.com

Jorge Cabrera Medaglia es abogado ambientalista y profesor de Derecho Ambiental en la Universidad de Costa Rica. Ha escrito siete libros, entre ellos, “Bioderecho: propiedad intelectual, comercio y ambiente: posibilidades y opciones para establecer sinergias entre los sistemas de propiedad intelectual y los tratados ambientales”. Es columnista de La Nación desde el 2008.