Patronos y trabajadores independientes morosos con CCSS tienen un año más para hacer arreglos de pago

Plazo se amplía al 30 de junio del 2022. Según la institución, flexibilización de condiciones ha permitido suscribir 19.112 acuerdos por ¢113.375 millones

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Los patronos y trabajadores independientes morosos con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) tendrán más tiempo para resolver sus deudas con la institución.

La Junta Directiva de la CCSS acordó prorrogar un año más, hasta el 30 de junio del 2022, las ocho medidas para facilitar los arreglos de pago por deudas, informó la institución en un boletín de prensa.

“Desde la implementación de estas medidas (en abril del 2020 y hasta junio del 2021) se han suscrito un total de 19.112 acuerdos de pago, por un monto de ¢113.375 millones, registrando un crecimiento en un 37,29% en el número de casos y de un 80,87% en el monto formalizado respecto al periodo sin pandemia (abril 2018 a junio del 2019)”, dijo Luis Diego Calderón Villalobos, director de Cobros de la CCSS.

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A mediados del 2019 y por la situación económica que atravesaba el país en ese momento, la institución aprobó varios cambios para facilitar a patronos y trabajadores independientes morosos normalizar su condición.

Con la pandemia por covid-19 se revisaron las medidas y se adecuaron a la emergencia sanitaria.

Estas condiciones fueron calificadas por Calderón como “salvavidas” para los patronos y trabajadores independientes morosos, pues les permiten saldar sus deudas en plazos de cinco, ocho y hasta 15 años.

El director de cobros destacó que, al suscribir el acuerdo de pago, el patrono o trabajador independiente adquiere la condición de estar “al día”.

Esa es una condición necesaria para poder realizar diversos trámites ante la Administración Pública, entre ellos, participar en procesos de contratación administrativa, solicitar permisos, autorizaciones y exoneraciones fiscales, e inscribir documentos en el registro público.

Estas son las ocho medidas aprobadas por la CCSS que estarán vigentes hasta el 30 de junio del 2022:

1. Disminución de la tasa de interés: se pasó de 9,47% a 4,15% anual; la tasa de interés actual se calcula con base en la Tasa Básica Pasiva, del Banco Central de Costa Rica más 1 (uno) punto porcentual.

2. Aumento de plazos máximo de los acuerdos de pago: se amplió el plazo máximo de los convenios de pago de cuatro a cinco años. En el caso de los arreglos de pago, se amplió el plazo máximo de 12 a 15 años cuando la garantía es una hipoteca en primer grado, y para el resto de las garantías se amplió de siete a ocho años.

3. Disminución del porcentaje del pago inicial para los trabajadores independientes: En un principio, los porcentajes del pago inicial para convenios de pago con trabajadores independientes se situaban entre un 15% y un 30% del monto de la deuda, según el plazo del convenio. Ese porcenteje se disminuyó en un rango entre un 5% y un 20%, según el plazo del convenio de pago.

4. Ampliación del plazo para el pago de cuotas de convenios de pago con atraso: si el deudor tenía un atraso de 60 días en el pago de las cuotas del convenio de pago, la administración finalizaba por incumplimiento y procedía a realizar las gestiones cobratorias. Ese plazo se amplió a 90 días para dar al deudor más tiempo para poner su operación al día.

5. Inclusión de los gastos de formalización como parte del acuerdo de pago en deudas menores a ¢1 millón: para la formalizar de cualquier acuerdo, el deudor debe pagar a la CCSS gastos de formalización por ¢50.938. Esta suma se puede incluir en los acuerdos de pago por deudas menores a ¢1 millón con el fin de reducir la cuantía del pago inicial.

6. Ampliación de plazo para cuotas “pago único de intereses” en convenios de pago: en convenios de pago existe la posibilidad de pagar una cuota muy baja, que considere solo intereses, sin aportes al principal. Para esta modalidad de pago se amplió el plazo de 1 a 2 años, con el fin de permitir al deudor mantener un pago mínimo que restaría presión a su flujo de caja.

7. Reducción del requisito del porcentaje amortizado para readecuaciones de convenios de pago: un requisito paralas readecuaciones de convenios de pago es haber pagado un porcentaje del monto principal del acuerdo vigente. Ese porcentaje se redujo para hacer más accesible las readecuaciones de convenios de pago.

Antes de las modificaciones, para los convenios de pago se tenía la opción de readecuar en dos ocasiones; es decir, hacer un convenio de pago más dos readecuaciones. Con los cambios realizados ahora se admite una tercera readecuación adicional.

8. Disminución del porcentaje de cobertura de los fiadores en arreglos de pago con garantía fiduciaria: para que una persona califique como fiador en un arreglo de pago, su salario neto debía cubrir, al menos, un 15% de la deuda. Actualmente, ese porcentaje se reduce a un 12%.

La suscripción de acuerdos de pago se puede hacer en línea desde la oficina virtual de la Caja en la siguiente dirección: https://aissfa.ccss.sa.cr/afiliacion/

También está disponible el correo electrónico cobro@ccss.sa.cr, y se puede acudir presencialmente a las sucurdales de la Caja en todo el país.