Junta de CCSS se opone a pensionar antes a bomberos

Proyecto de ley pretende que personal operativo de Cuerpo de Bomberos se pensione a los 25 años de servicio activo o a los 50 años de edad con 15 de laborar

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La Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) se opone al proyecto de ley que pretende promover la pensión temprana de los bomberos, aduciendo riesgos en su trabajo.

El máximo órgano de la Caja discutió este martes 16 de abril el proyecto número 23.863 Ley especial para definir las condiciones de jubilación del personal operativo del Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica. De manera unánime, los siete directivos presentes votaron en contra.

Esta iniciativa de ley plantea que estos trabajadores puedan pensionarse bajo dos condiciones: la primera, cuando hayan cumplido 25 años de servicio activo y tengan al menos 300 cuotas. La segunda condición es tener 50 años de edad y 15 años de servicio activo, con 180 cuotas.

El análisis de la instancia técnica de la Caja que revisó la Junta Directiva señaló objeciones principalmente vinculadas con la sostenibilidad del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte. También apelan a la ruptura del principio de igualdad al establecer condiciones especiales de pensión para un grupo laboral específico.

En su exposición a la Junta Directiva, el gerente de Pensiones de la Caja, Jaime Barrantes Espinoza, sostuvo que el proyecto de ley, tal y como está redactado, no tiene ni los estudios actuariales ni técnicos para fundamentar la pensión.

“Uno entiende la posición del grupo de bomberos pero hay otros grupos ocupacionales que tienen riesgos. Se trata de temas estructurales. Desde el punto de vista actuarial alguien tendría que financiar que los bomberos se pensionen a los 50 años”, dijo Barrantes.

Según explicó el equipo técnico, el Cuerpo de Bomberos tenía un régimen especial de pensiones, pero solo queda un bombero registrado que entró a esa organización antes de 1992. En ese año se trasladó el sistema de pensiones de bomberos al IVM. Cuando ese señor se jubile, el régimen especial se quedará sin cotizantes.

Ese régimen tenía reglas especiales que, según el análisis del equipo técnico de la Caja, ahora las quieren trasladar para que sean aplicadas en la Caja sin que existan estudios que indiquen de dónde saldrán los recursos para cubrir a los derechohabientes (viudas, hijos y otras personas dependientes) de los bomberos.

Barrantes citó como antecedente la pensión para las personas con síndrome de Down. En este caso, dijo, se presentaron estudios específicos y muy técnicos que justificaban el ajuste para este grupo poblacional.

En agosto del 2017, la Junta Directiva de la CCSS aprobó la pensión para las personas con síndrome de Down (SD), quienes ahora se pueden jubilar a los 50 años con 180 cuotas.

Más actividades

La presidenta ejecutiva de la Caja, Marta Eugenia Esquivel Rodríguez, comentó que estos regímenes que se trasladan al IVM ni siquiera aportan al régimen administrado por la Caja las ganancias generadas a lo largo de los años

“Es un tema complejo. Uno podría pensar en las condiciones de los obreros de construcción, de algunas actividades agrícolas, que tienen un desgaste importante. Habría que tener un régimen dentro de otro régimen para cada uno de esos sectores. Entiendo la expectativa de los bomberos, el régimen que tenían era propio, pero el IVM tiene como principio fundamental la solidaridad”, dijo Esquivel.

La votación en contra del proyecto fue unánime y quedó en firme este martes.

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El IVM es el sistema de pensiones más importante del país, con más de 1,3 millones de cotizantes y 318.615 beneficiarios.

Con la reforma al IVM, que rige desde el 11 de enero pasado. las condiciones de pensión variaron. Los cambios no tocaron la edad de jubilación, que se mantiene para ambos sexos en 65 años, pero sí elimina la pensión anticipada para los hombres.

En las mujeres el beneficio se mantiene, pero la edad para anticipar el retiro se eleva de 59 años y 11 meses, con 450 cuotas actuales, a 63 años con 405 cuotas. En el caso de los hombres, actualmente pueden jubilarse a los 61 años y 11 meses, con 462 cuotas. Sin embargo, a partir de la reforma se pensionarán a los 65 años con al menos 300 cuotas.