Cédula vencida lo puede dejar sin atención en Ebáis y hospitales de CCSS

Vigencia de documento de identidad es requisito para recibir diagnóstico y tratamiento; excepto en casos de emergencia, explica Caja

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Vaya, fíjese en su cédula de identidad y corrobore que esté vigente. Si ya se le venció, corre el riesgo −entre muchos otros− de no ser atendido en Ebáis y hospitales de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), en donde es un requisito obligatorio tener el documento de identidad vigente para cualquier trámite.

Liza Vásquez Umaña, directora médica del Área de Salud Belén-Flores, en Heredia, confirmó esa condición luego de que este medio publicó la experiencia sufrida por María José Herrera Díaz el viernes 10 de febrero, cuando acudió a emergencias de la Clínica de San Joaquín de Flores, en Heredia, y se devolvió a su casa sin diagnóstico ni tratamiento porque su cédula estaba vencida.

La mujer, de 42 años, es vecina de La Ribera de Belén. Fue a emergencias con síntomas respiratorios de tres días de evolución, sospechosos de covid-19; entre ellos, dolor de garganta, diarrea, náuseas y vómitos.

El problema es que la asegurada desconocía que su cédula había caducado el 31 de enero. Por más que rogó que la atendieran, tanto al médico de emergencias como a la jefatura de ese servicio, salió para su casa con las manos vacías.

La única indicación que recibió, dijo Herrera, fue ir al Registro Civil a renovar la cédula y regresar a la clínica. La promesa de los funcionarios fue “dejarle la hoja abierta” para completar la consulta.

Liza Vásquez, de la CCSS, explicó que la valoración médica para pacientes con situaciones administrativas como la de María José Herrera, le permite al médico discernir si la condición de la persona es o no una emergencia.

“Si el médico tratante determina que la situación de salud en ese momento es emergencia, se completa el abordaje según corresponda, con estudios de laboratorio, tratamiento, gestión de incapacidad, referencia médica o comprobantes de tiempo y se finaliza la atención.

“Si el médico tratante determina que el motivo de consulta es ‘no emergencia’ se le explica al paciente su condición y que el abordaje se retomará o completará cuando la situación ‘administrativa’ que lo limita se normalice”, explicó la funcionaria por medio de la oficina de prensa de la CCSS.

Vásquez aclaró que siempre prevalece la condición de salud del usuario sobre la situación administrativa, y en esta última se incluye la ausencia de documento de identificación vigente y no estar asegurado.

En una circular de la CCSS, del 15 de junio del 2022, el anterior gerente general, Roberto Cervantes, recordó cuáles son los documentos de identidad que se deben presentar obligatoriamente para ser atendidos en los servicios de salud, incluidos los que debe aportar la población migrante.

María José sigue enferma

Seis días después, La Nación conversó con María José Herrera, quien sigue enferma, en su casa. Con ayuda de la familia, dijo, compró medicamentos en una farmacia privada pero sigue con tos intensa que le impide mantener una conversación fluida y respirar con normalidad.

Además, explicó, está sumamente débil, situación que le complica atender a sus dos hijos, de 13 y 16 años, con discapacidad, que demandan mucha atención de su parte.

Con ayuda de su pareja, contó, acudió el martes 14 de febrero al Registro Civil, “bien abrigada y con mascarilla”, a solicitar su nueva cédula, documento que, en principio, le entregarían este jueves.

¿Regresará a la Clínica de San Joaquín?, le preguntamos. “No tengo recursos para seguir comprando medicinas aparte. Si sigo así de mal, volveré. Lo que me extraña es que a inicios de febrero fui con la misma cédula vencida (que yo no lo sabía) a recoger medicamentos para un problema crónico, y me los dieron sin poner problema. ¿Entonces? En Farmacia sí me atienden pero en emergencia no. ¡No entiendo!”, dijo.

María Marta Salazar Muñoz, de la firma Punto Medio Abogadas, analizó el caso de María José Herrera a solicitud de La Nación.

Según la experta, eventualmente se podría estar ante una vulneración al derecho a la salud o ante un posible trato discriminatorio, esto si la persona usuaria sufrió algún tipo de retraso en la atención médica por no tener la cédula vigente o si tuvo un trato desigual o una atención no tan especializada por no portar con cédula de identidad vigente.

“El derecho a la salud ha sido derivado del derecho a la vida y a un ambiente saludable y ecológicamente equilibrado. Incluso, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, en su numeral 12 establece el derecho de toda persona a tener acceso a los medios para disfrutar del más alto nivel posible de salud física y mental, por lo que el Estado y sus instituciones tienen el deber de asegurar la plena efectividad de ese derecho a través de una serie de acciones positivas y del ejercicio de las potestades de regulación, fiscalización y de policía sanitaria”, explicó Salazar.

Para la abogada también es importante hacer referencia a lo que indica el Reglamento del Seguro de Salud sobre la atención de emergencias, en el artículo 61, cuando dice que si la persona no tiene documento de identidad la atención debe ser inmediata.

“(...) el personal del centro de salud pudo hacer una mala aplicación del artículo 74° del Reglamento del Seguro de salud que regula la materia que nos ocupa sobre la obligatoriedad de la presentación de la cédula de identidad vigente, pues este caso no se trataba de una consulta externa, sino de una posible emergencia.

“Dichos lineamientos deben ser debidamente divulgados y aplicados entre los funcionarios para que la ejecución de los procesos se lleve a cabo de la manera más expedita posible por tratarse de un tema de salud”, advirtió Salazar.

De comprobarse en este caso que no se dio el abordaje oportuno, agregó la abogada, se podrían abrir procedimientos disciplinarios para sentar responsabilidades.

“Un caso como este debería servir para que la CCSS adopte las medidas especiales correspondientes para atención de casos en emergencias, en los que el tiempo es vital para preservar la vida de una persona; por lo que resulta poco razonable que en emergencias apliquen el protocolo de revisar si una cédula está vigente”, advirtió la abogada.