TSE rechaza amparo del PUSC contra Tributación

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El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró sin lugar un recurso de amparo electoral interpuesto por el Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), en contra la Dirección General de Tributación, por haber cerrado la sede de la agrupación en setiembre del 2021 durante cinco días.

El cierre fue una sanción por haber pagado fuera de plazo el impuesto de renta correspondiente a una remesa enviada al exterior, en el 2017, para pagar a un consultor de campaña.

Ante el TSE, el 3 de setiembre, Randall Quirós, presidente de la Unidad, alegó que la sanción impuesta por Tributación fue un exceso.

El jerarca partidario hizo énfasis en que la sede del PUSC, en barrio Tournón, en San José, fue cerrada dos días antes de que la agrupación celebrara las asambleas provinciales en que eligió los candidatos a diputados por Alajuela, Cartago, Heredia y Limón, previstas para el 5 de setiembre y que se llevaron a cabo sin obstáculos.

El 16 de diciembre del 2021, el TSE resolvió que, “al tenerse por comprobado que el PUSC logró realizar con normalidad las citadas asambleas y que la orden de cierre del inmueble que alberga la sede central del PUSC, por parte de la Administración Tributaria, no afectó los derechos políticos reclamados en favor de miembros de la colectividad partidaria del PUSC, procede declarar sin lugar la gestión de amparo”.

En cuanto al reclamo del PUSC sobre la procedencia de la sanción, el TSE aclaró que no es de su competencia examinar la legalidad de esa actuación por tratarse de asuntos que deben ser ventilados en la vía jurisdiccional correspondiente. Así consta en la resolución 6833-E1-2021.

El día del cierre de las oficinas del PUSC, el 3 de setiembre, el director de Tributación, Carlos Vargas, afirmó que la medida no tenía relación con la situación política de la agrupación, sino que se trataba de una sanción por incumplimiento tributario. Así lo reiteró en la respuesta al recurso de amparo, según la resolución del TSE.

Quirós interpuso un recurso de amparo electoral para proteger la celebración de las asambleas. El mismo 3 de setiembre, el TSE determinó, preliminarmente, que los procesos electorales del partido se mantenían en pie.

La advertencia que realizó Tributación, según el acta de cierre que consta en la resolución del TSE, es que la agrupación debía abstenerse de ejecutar labores relacionados con la actividad económica.

Según argumentó Quirós ante el TSE, dicha advertencia “excede las competencias del Ministerio de Hacienda, pues los partidos políticos no tienen naturaleza de prestación o venta de servicios y sus asambleas provinciales no caen bajo el concepto de ‘actividad económica’”.

El presidente de la República, Carlos Alvarado, calificó como un “barbaridad” lo actuado por Tributación, luego de que 36 diputados aprobaran una moción que le exigía al mandatario y a sus ministros abstenerse de atentar contra la libertad electoral.

Sobre esta resolución final, Quirós indicó que el TSE respondió favorablemente con la resolución cautelar que le permitió celebrar los procesos partidarios, aunque el PUSC mantiene un “sinsabor” por el momento en que Tributación decidió hacer el cierre de sus oficinas, pudiendo hacerlo en época no electoral.