Proyecto de marihuana recreativa violentaría tratados internacionales, señala Procuraduría

En criterio sobre proyecto de Gobierno, la Procuraduría también señaló que una cosa es legalizar y otra es despenalizar delitos menores sobre marihuana

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La Procuraduría General de la República (PGR) señaló que el proyecto de ley para regular la producción, comercialización y consumo de la marihuana en Costa Rica presenta posibles problemas de legalidad y convencionalidad.

En un criterio remitido a la Asamblea Legislativa, el órgano advirtió de que el plan impulsado por el gobierno de Rodrigo Chaves chocaría con normas acogidas por el Estado mediante convenios internacionales para el combate contra el tráfico de drogas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

Puntualmente, hizo referencia al artículo 7 de la Convención Única sobre Estupefacientes de las Naciones Unidas de 1972, de la cual Costa Rica es firmante.

Sobre las sustancias citadas en la lista 1 de este convenio, entre ellas el cannabis, la norma internacional señala que los estados “prohibirán de todo uso, excepto el que con fines científicos y fines médicos muy limitadas que hagan personas debidamente autorizadas en establecimientos médicos o científicos que estén bajo la fiscalización directa de sus gobiernos o expresamente aprobadas por ellos”.

De la lectura de esta norma, la Procuraduría concluye que “en lo que refiere a la sustancia del cannabis, se prohíbe su uso para fines distintos que no sean el medicinal o científico”.

“De regular algo distinto a los usos permitidos, como lo es el presente proyecto, podría hacer incurrir a los Estados miembros en un posible roce de convencionalidad y de legalidad en nuestro caso, ya que se estarían violentando los principios pacta sunt servanta (los pactos deben cumplirse) y observancia de los convenios internacionales”, agregó el órgano procurador.

La propuesta de ley también sería contraria a la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988.

Dicha normativa internacional prohibe el uso de estas sustancias y pide sancionar toda actividad ilícita vinculada que afecte la salud pública, el orden y la seguridad mundial.

“Como ha quedado evidenciado, es claro que los instrumentos citados son vehementes en cuanto a combatir el tráfico de estupefacientes, así como el reprimir aquellas conductas delictivas vinculadas con la producción, uso, venta y distribución de drogas, estupefacientes y psicotrópicos, permitiendo el uso de estas sustancias única o exclusivamente para fines médicos o científicos”, señaló la Procuraduría.

El criterio del órgano procurador es similar a la opinión emitida por el Departamento de Servicios Técnicos de la Asamblea Legislativa, que consideró que el proyecto de ley conllevaría una posible inconstitucionalidad.

‘Legalizar es distinto a despenalizar’

Naciones como Uruguay, Canadá y Países Bajos han regulado el consumo recreativo de cannabis, al igual que varios estados de los Estados Unidos.

En su criterio, la Procuraduría reconoce que, en los últimos años, ha existido un intenso debate internacional sobre el consumo de marihuana.

Al respecto, el criterio apunta que la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes (JIFE), creada mediante la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, ha hecho una aclaración relevante en el escenario reciente.

“La JIFE señaló recientemente que ‘las medidas para despenalizar el consumo personal y la posesión de pequeñas cantidades de drogas son compatibles con las disposiciones de los tratados de fiscalización de drogas’; no obstante, es vehemente en realizar la distinción conceptual entre ‘despenalizar’ y ‘legalizar’ este tipo de conductas, con el fin de no poner en peligro la salud pública”, señala el documento.

De esa manera, la Procuraduría señaló que, de acuerdo con el criterio de ese ente internacional, la despenalización de los delitos menores relacionados con las drogas está dentro de las disposiciones de las convenciones internacionales. Por el contrario, la legalización no lo está, “ya que sería una vía libre a la utilización y comercialización de este tipo de sustancias”.

En todo caso, apuntó el órgano procurador, la JIFE sostiene que la producción, la fabricación, la exportación, la importación, la distribución, el comercio y la posición de estupefacientes fiscalizados por los convenios internacionales “son incompatibles con las obligaciones jurídicas de los Estados parte en los tratados”, siempre y cuando no sean para fines médicos y científicos.

En relación con el caso de Uruguay, advirtió la Procuraduría, ese órgano internacional reprendió a la misión permanente del país suramericano en Viena “al señalarle que al aprobar la ley se estaría violando las convenciones internacionale sobre drogas”.

El criterio fue firmado por el procurador adjunto, Héctor Eduardo García Villegas.