Por ética, magistrados del TSE evitan opinar sobre tope a pluses en reforma fiscal

Respuesta del Tribunal a la consulta de la Asamblea Legislativa sobre la reforma fiscal

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Apegándose al principio de probidad, los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) evitaron emitir una opinión sobre la reforma fiscal en vista de que el proyecto le pone tope al crecimiento de sus salarios.

Así respondieron los altos jueces electorales a la consulta que le envió la Asamblea Legislativa sobre el proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Los magistrados consideraron que, al ser funcionarios estatales, es inconveniente que manifiesten un criterio sobre las reformas al empleo público que introduce el plan fiscal.

“Los magistrados de este Tribunal, en su condición de funcionarios públicos y en virtud de que el proyecto de ley en consulta contempla normas que atañen a la remuneración para quienes conforman el nivel superior jerárquico del sector público, nos abstenemos de emitir criterio en apego al principio de probidad”, acordaron los magistrados.

El título sobre empleo público del plan fiscal dispone que los jerarcas de instituciones públicas que se designen después de la entrada en vigor de la ley no podrán devengar salarios de más de ¢5,3 millones mensuales. Además, a los que ya están en funciones se les congelará el sueldo de por vida, si ya supera ese monto.

“Literalmente, dicen que, en su condición de funcionarios públicos y considerando que este proyecto de ley atañe a la remuneración de quienes conforman el nivel jerárquico superior del sector público, deben abstenerse de emitir criterio sobre un tema que atañe directamente a sus remuneraciones”, explicó Gustavo Román, asesor político del Tribunal.

El Tribunal adoptó su decisión este mismo jueves y la remitió a los diputados en el oficio TSE-1976-2018. El documento lo firma el magistrado presidente Luis Antonio Sobrado.

Según explican los jueces electorales en el documento, también omiten hacer un pronunciamiento debido a que determinaron que la reforma fiscal no incluye ninguna disposición que incida en la materia electoral.

“Del examen de la propuesta consultada no se advierte que esta contenga disposición alguna relacionada con la materia electoral, que haga referencia o pretenda regular actos relativos al sufragio o disposiciones que directa o indirectamente modifiquen, menoscaben o incidan en las competencias constitucionalmente asignadas a este Tribunal y sobre la cual deba emitir su criterio, en los términos establecidos en los artículos 97 constitucional y 12 del Código Electoral”, concluyeron los altos jueces.

En la sesión en la que se adoptó el acuerdo, además de Sobrado, participaron los jueces Max Alberto Esquivel Faerron y Juan Antonio Casafont Odor.

La Secretaría del Directorio Legislativo confirmó que el TSE es la primera institución que responde a la consulta de los diputados sobre el proyecto de ley 20.580. Hace falta que emitan su criterio el Banco Central, el INS, el ICE, Aresep, los bancos estatales, las universidades estatales, todas las municipalidades, el Poder Judicial y otras instituciones autónomas.

El 24 de setiembre, la Corte envió a la Asamblea Legislativa un criterio sobre una versión antigua del plan fiscal, en el que los magistrados concluyen que el proyecto, en su versión original, incidía sobre la organización y el funcionamiento del Poder Judicial, porque le pone tope a los salarios millonarios, atenúa el crecimiento de los incentivos salariales y limita el gasto público.

El 3 de setiembre, cuando los magistrados discutieron ese informe del Poder Judicial sobre la versión proyecto de ley, Fernando Cruz, presidente de la Corte, opinó sobre el tope de ¢5,3 millones a los salarios de jerarcas públicos.

“Si usted le pone un límite a los miembros de los Supremos Poderes, los que están en la carrera fiscal podrían llegar a ganar más que lo que está en los 20 salarios eventualmente", dijo Cruz.

Y añadió: “Si usted le pone ese límite, muchos que están en carrera podrían no tener interés en venir a la magistratura. Es decir, cuando usted uniforma de esa manera, tiene que valorar el contexto del poder al que está incidiendo, ese es un punto”.