Diputados aceleran proyecto para exigir recuento manual de votos ante ajustadas diferencias

Carlos Felipe García, del PUSC, impulsa la propuesta luego de ajustados resultados por una diputación en el 2022 y una alcaldía en el 2024

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Con el voto unánime de los 40 diputados presentes, la Asamblea Legislativa aprobó dispensar de trámites un proyecto de ley presentado por el diputado Carlos Felipe García, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), que establecería las reglas para el recuento de votos cuando haya diferencias mínimas en la elección de presidente, diputados, alcaldes y regidores.

Para el caso de las papeletas presidenciales, el plan obligaría al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) a realizar de nuevo un conteo manual cuando exista una diferencia del 2% o menos, ya sea entre la nómina más votada y la que ocupa el segundo lugar o entre esta y la tercera nómina más votada, de ser necesaria una segunda vuelta electoral.

El criterio proceder con el recuento para diputados es que la diferencia sea de 1.000 votos o menos, entre las listas de dos partidos con opción de ganar alguna de las 57 curules de la Asamblea Legislativa.

Para el caso de los alcaldes, debe existir una distancia de 500 votos o menos, entre la nómina más votada y la que ocupa el segundo lugar. Para regidores, la diferencia sería de 250 votos o menos, entre la lista de un partido político y otro.

Otras causales

Igualmente, se incorporan otras causales, que incluyen la presentación de apelaciones o demandas de nulidad admisibles, y que para la resolución de esas diligencias, el TSE determine necesario proceder con el conteo manual.

También, se procedería con el recuento cuando:

-Los resultados de una Junta Receptora de Votos (JRV) sean manifiestamente inconsistentes.

-Si al momento del escrutinio preliminar, no se contó con la presencia de al menos tres miembros partidarios, salvo el caso de que, estando dos de ellos, se encuentren acompañados del auxiliar electoral y así conste en el padrón registro.

-Aquellos casos en los que se extravíe el padrón registro, no se haya utilizado o que consten en él observaciones que ameriten el recuento.

Los criterios se incluirían en el artículo 197 del Código Electoral, que en su versión actual, solo indica que el “escrutinio consiste en el examen y la calificación de la documentación electoral a cargo del TSE, hecho con base en el conteo definitivo y la asignación de votos realizados por las juntas electorales”.

Cerradas derrotas del PUSC motivan la propuesta

La propuesta señala, como una de sus justificaciones, la experiencia vivida por el PUSC en las elecciones generales del 2022, en las cuales la Unidad perdió una diputación de Guanacaste por tan solo dos votos, a favor del oficialista Partido Progreso Social Democrático (PPSD).

“Ante una diferencia tan estrecha resulta necesario un reconteo manual de todas las juntas receptoras que votos que garantice la exactitud del conteo”, señala la exposición de motivos.

Si bien el proyecto fue presentado desde el 27 de junio del 2022, la iniciativa retomó el interés de las fracciones políticas luego de los resultados de las elecciones municipales del 4 de febrero pasado.

El PUSC solicitó al TSE el recuento manual de los votos para la Alcaldía de Orotina, después de registrarse una diferencia de dos votos con respecto a la candidata del Partido Liberación Nacional (PLN). Sin embargo, los reclamos socialcristianos fueron rechazados por el órgano electoral.

Por tanto, quedó electa la administradora educativa, Margot Montero Jiménez, de 58 años. Ella obtuvo 2.199 votos, por encima de los 2.197 que recibió el contador Elford Antonio González Mora, de 37 años.