Derecho humano de acceso al agua potable supera la tercera de cinco votaciones

Plan pretende reconocer el derecho en la Constitución Política; los dos debates pendientes pueden efectuarse antes del 30 de abril del 2021

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Los diputados aprobaron este lunes, en el tercero de cinco debates, el proyecto para añadirle un párrafo al artículo 50 de la Constitución Política, con el fin de reconocer el acceso al agua potable como un derecho humano.

La reforma constitucional, que dará prioridad al abastecimiento de agua para consumo de las personas, recibió 53 votos a favor y ninguno en contra.

Las votaciones pendientes se podrán efectuar durante este año legislativo, el cual terminará el 30 de abril del 2021.

El 9 de marzo pasado, durante la legislatura anterior, el plenario había aprobado el expediente 21.382 en segundo debate.

Si el proyecto termina por aprobarse en definitiva, el nuevo párrafo de la Constitución diría así:

“Toda persona tiene el derecho humano, básico e irrenunciable de acceso al agua potable, como bien esencial para la vida. El agua es un bien de la nación, indispensable para proteger tal derecho humano. Su uso, protección, sostenibilidad, conservación y explotación se regirá por lo que establezca la ley que se creará para estos efectos y tendrá prioridad el abastecimiento de agua potable para consumo de las personas y las poblaciones”.

Asimismo, se establece, en un artículo transitorio, que se mantendrán vigentes las leyes, concesiones y los permisos del uso del agua actuales mientras no se apruebe una “nueva ley que regule el uso, la explotación y la conservación del agua”.