¿Cuánto le cobrará el Gobierno por los excedentes de asociaciones solidaristas y cooperativas con la reforma fiscal?

Cooperativas se eximen de pagar impuesto sobre la renta

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La última versión de la reforma fiscal aumenta el impuesto que el Gobierno cobra por los excedentes que distribuyan las asociaciones solidaristas y las cooperativas.

Actualmente, los asociados entregan al Ministerio de Hacienda un 5% de sus excedentes, pero ese porcentaje aumentará a un 10% con el proyecto de Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Así, por ejemplo, si una persona recibe ¢500.000 anuales de excedentes, el Gobierno le rebajará ¢50.000 en vez de ¢25.000.

En una versión anterior de la reforma fiscal, el gravamen era más bajo, pues consistía en un 5% sobre los primeros ¢107.500 y en un 7% para el resto.

No obstante, Hacienda hizo ajustes en medio de las negociaciones con sectores y partidos políticos.

El año pasado, las asociaciones solidaristas repartieron $970,7 milones entre 343.000 afiliados, de acuerdo con cálculos del Movimiento Solidarista Costarricense.

Con el impuesto del 5%, el Movimiento estimó que ese reparto implicó un pago de $48,5 millones para el Gobierno, es decir, más de ¢28.100 millones. Un monto así se vería duplicado a ¢56.200 millones en favor del Ministerio de Hacienda con la reforma.

En el país, hay unas 1.450 asociaciones solidaristas.

Por otra parte, el Instituto de Fomento Cooperativo (Infocoop) estima que existen 594 cooperativas con casi 890.000 asociados en diversos sectores económicos, como el financiero, el agrícola y el industrial, entre otros.

En esta última versión, el Gobierno también eximió a las cooperativas de pagar impuesto de renta con la reforma. Actualmente, no pagan este tributo.

El texto anterior anterior de la reforma fiscal establecía que las cooperativas pagarían impuesto de renta al igual que las personas jurídicas con ingresos brutos por menos de ¢106 millones anuales: un 5% sobre los primeros ¢5 millones; un 10% sobre los siguientes ¢2,5 millones; un 15% sobre los siguientes ¢2,5 millones; y un 20% sobre el resto.

Incluso, se aclaraba que, a la hora de calcular el impuesto, podrían deducir como gastos las cargas parafiscales que les exige la legislación cooperativa.

No obstante, en la nueva versión, las cooperativas fueron eliminadas del capítulo del impuesto sobre la renta.

En cambio, sí se les aumentó a un 10% el impuesto a la repartición de excedentes, al igual que a los solidaristas.

No obstante, un criterio de la Procuraduría General de la República, de mayo del 2016, estableció que, cuando una cooperativa desarrolla una actividad comercial ajena al fin social para el cual fue creado, es decir una actividad lucratica, sí debe pagar impuesto sobre la renta.