Corte pide eliminar prisión por hurtos y daños menores

Autores de sustracciones que no superen los ¢210.000 ya no pagarían con cárcel

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El fiscal general, Jorge Chavarría y el vicepresidente de la Corte Suprema de Justicia, José Manuel Arroyo, se pronunciaron a favor de la reforma legal que elimina las penas de cárcel para hurtos y daños menores, que hoy pueden significar condenas de hasta 3 años de prisión.

Los jerarcas se presentaron el jueves anterior ante los diputados de la Comisión de Seguridad y Narcotráfico del Congreso, donde defendieron la propuesta –expediente 19490–, como una de las medidas para bajar el hacinamiento carcelario.

El plan pretende que los hurtadores paguen en dinero los daños que cometen, como alternativa para frenar la sobrepoblación en los centros carcelarios.

Así, la medida pretende cambiar las penas de cárcel que van desde los tres meses hasta los 3 años, por castigos económicos que oscilarían entre los 10 y los 60 días multa. Es decir, de los ¢140.000 a los ¢850.000.

Los días multa se calculan en función del salario de lo que gana un oficinista clase 1 del Poder Judicial, cuyo ingreso ronda los ¢424.000 al mes.

¿Qué significa esto? De aprobarse el plan de ley presentado por las diputadas de Liberación Nacional (PLN), Karla Prendas y Silvia Sánchez, los hurtos, es decir, donde no medie la violencia, no serán castigadas con tiempo en prisión, tal y como sucedía antes del 2009.

Ese año, los legisladores aprobaron la Ley de Protección de Testigos, que endureció las penas de prisión a estos delitos.

Esta penalización de hurtos es, a criterio de la Corte, una de las medidas que ha aumentado el hacinamiento en los centros penitenciarios.

¿Qué es un “hurto menor”? De acuerdo con el plan de ley, es la acción de apropiarse de un bien sin que medie una amenaza con arma o violencia, y lo que le sustraen no llega a los ¢210.000.

De ahí que si alguien aproveecha un descuido, sin que medie fuerza y si el monto de lo sustraído (o dañado) no llega a la mitad de lo que gana un oficinista 1 del Poder Judicial, es muy probable que el asaltante quede libre, aunque el afectado logre probar que hubo un hurto.

Así lo establece el plan de ley mediante la inclusión de un inciso al artículo 394 del Código Procesal Penal.

La diferencia la podría marcar el hecho de que ese asaltante sea reincidente, es decir, que tenga antecedentes.

Un artículo sobre este tema publicado por La Nación el 1.° de marzo, señalaba cifras de Adaptación Social, en que el hacinamiento en el sistema penitenciario llegaba al 45%.

A febrero de este año, la población penal era de 13.510 personas. De estas, hay 462 con sentencia por hurto simple y daños, así como 145 indiciados por hurto.

Firmes. Tanto el magistrado Arroyo como el fiscal Chavarría coincidieron en que el castigo a los delitos debe tener una cuota de racionalidad. Consideraron que la actual legislación es tan drástica que obliga al sistema a procesar a personas por delitos menores que podrían resolverse con una multa.

“Mantener las penas como están estipuladas en la actualidad, significa contribuir al hacinamiento carcelario, que es un problema serio para el país, y que no se va a resolver en los próximos 10 años”, aseveró Chavarría.

En tanto, el magistrado Arroyo dijo a los congresistas que es necesario cambiar la legislación actual para evitar un mayor hacinamiento en las cárceles. Para lograr ese objetivo, incluso es necesario apoyar los acuerdos entre partes, agregó.

El magistrado afirmó estar “totalmente de acuerdo con ampliar la posibilidad de llegar a acuerdos que se hagan antes de la apertura del debate”.

La iniciativa de ley surgió de la Comisión Interinstitucional de Alto Nivel para la solución del Hacinamiento Penitenciario, conformada por representantes de los poderes de la República, la Caja Costarricense de Seguro Social, la Defensoría de los Habitantes, el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), el Instituto Latinoamericano de las Naciones Unidas para la Prevención del Delito (Ilanud), el Instituto nacional de Aprendizaje (INA) y el Mecanismo de la Prevención contra la Tortura.

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Cuestionado. El expediente 19490 de las diputadas Sánchez y Prendas forma parte de un entramado de medidas dirigidas a disminuir la población penitenciaria, por medio de medidas alternativas y reintegración de los delincuentes a las comunidades.

Esta política ha sido cuestionada, por acciones como el cambio de medidas de régimen penitenciario, que significó la liberación de 1.700 privados de libertad, al permitírseles andar en la calle, con medidas especiales.

Sin embargo, la reincidencia delictiva de una veintena de estas personas, con casos delicados, como la violación de una mujer que tenía una semana de haber dado a luz, hizo que la medida se frenara, a pesar del respaldo de la ministra de Justicia, Cecilia Sánchez, y del presidente de la República, Luis Guillermo Solís.

Nota del editor: esta noticia fue modificada a las 11:23 a. m.

Confundimos los conceptos de hurto y robo cuando titulamos “Corte pide eliminar prisión por hurtos y robos menores”. La confusión nos llevó a afirmar que la reforma propuesta elimina penas de cárcel hasta de 15 años de prisión para convertirlas en días multas. LEA EDITORIAL: Cometimos un error