MOPT planea castigar ‘mala fe’ de empresas al bloquear obras

Empresarios afirman que medida se prestaría para arbitrariedades

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Las empresas constructoras que obstruyan de mala fe los procesos de contratación de obra pública serían inhabilitadas hasta por cinco años.

Esto indica el artículo 45 de la propuesta de ley que promueve el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para crear el nuevo Instituto Nacional de Infraestructura (INI).

La entidad pasará a tomar el papel que cumple el Consejo Nacional de Vialidad (Conavi).

El borrador de ley señala que se “inhabilitará para participar en procedimientos de contratación administrativa, a aquella persona física o jurídica que haya interpuesto un recurso de apelación o un recurso de revocatoria de mala fe, para obstruir o impedir el curso normal del procedimiento contractual iniciado”.

¿Quién definiría si existe mala fe? “Eso evidentemente tiene que demostrarse (...), quien lo debe decir es la Contraloría General de la República (CGR)”, manifestó Mauricio González, viceministro de Reformas y Proyectos del MOPT.

Según el planteamiento, la Contraloría podría actuar de oficio o por solicitud del Instituto.

“Pasa que se presentan recursos (de apelación) y al final uno termina preguntándose cuál era la verdadera justificación para presentar un recurso así.

”Ahí es donde la institución estaría forzada a presentar la justificación de solicitud de sanción”, agregó el jerarca.

La CGR, por medio de su oficina de prensa, manifestó que no emitirán un criterio sobre este tema hasta que lo solicite la Asamblea Legislativa.

La inhabilitación que propone el MOPT es parte de un régimen especial de contratación administrativa que plantea la ley de creación del INI, el cual acorta los plazos para recepción de ofertas y entrega de apelaciones, entre otras modificaciones.

Opuestos. La idea no es vista con buenos ojos por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep).

Román Salazar, de Uccaep, argumentó que la redacción del artículo es ambigua y se podría prestar para arbitrariedades.

“Si se quiere mantener esa intención, habría que mejorar esa redacción (...). No nos gustaría que se preste para arbitrariedades y eso sería grave”, comentó el líder empresarial.

Uccaep sostiene que la causa de los atrasos en la construcción de proyectos no se debe a apelaciones u objeciones de las compañías constructoras.

“Los factores de atrasos son otros, por ejemplo, el mismo diseño de la obra, sacar la licitación, el plazo de adjudicación y el plazo para dar la orden de inicio”, añadió Salazar.

Olman Vargas, director ejecutivo del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, dijo que están estudiando el borrador y aún no tienen una posición.

La Ley de Contratación Administrativa establece, en su artículo 100, sanciones hasta por 10 años a firmas que entonces no podrían participar en concursos públicos.

Entre las conductas a castigar figuran, por ejemplo, obtener ilegalmente información para conseguir ventaja, dar dádivas a funcionarios públicos e incumplir con las obras contratadas.