Sala IV acoge para análisis reclamo de rectores contra recorte de ¢10.000 millones a FEES

Rebaja es una intervención “indebida” del Congreso en presupuestos universitarios, alega acción de inconstitucionalidad planteada a los magistrados

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La Sala IV acogió para análisis la acción de inconstitucionalidad presentada por los cinco rectores de las universidades públicas contra el recorte de ¢10.000 millones al Fondo Especial para la Educación Superior (FEES), realizado en noviembre en la Asamblea Legislativa.

En el reclamo, presentado el 22 de enero, los jerarcas universitarios aseguran que el recorte violenta el artículo 85 de la Constitución Política, que señala que el Estado financiará la educación superior estatal, cuyas rentas “no podrá ser abolidas ni disminuidas, si no se crean, simultáneamente, otras mejoras que las sustituyan”.

La propuesta del Gobierno para el FEES del 2019 era de ¢511.154 millones, el mismo monto del 2018, pero incluido el 3% de inflación estimada por el Banco Central.

Sin embargo, los diputados aprobaron rebajarle ¢10.000 millones, lo que fue calificado por los rectores en la acción de inconstitucionalidad como una intervención “indebida” del Poder Legislativo.

El rector de la Universidad de Costa Rica (UCR), Henning Jensen, afirmó que “esto representa un importante primer paso en la defensa de los recursos de la educación superior pública y por hacer valer lo que nuestros constituyentes plasmaron en la Carta Magna, precisamente, para proteger los recursos de la educación de intereses políticos”.

La Sala Constitucional ya rechazó en noviembre, de forma unánime, un recurso de amparo presentado por la Federación de Estudiantes de la UCR (FEUCR) contra este recorte, mientras aún se discutía el Presupuesto Nacional 2019 en el Congreso.

“Entre las funciones legales y constitucionales que le han sido asignadas a esta jurisdicción, no se encuentra ninguna que le permita involucrarse en la forma que lo pretenden los accionantes, toda vez que ello se trata de un análisis tanto del Ejecutivo como del Legislativo, cuyo trámite corresponde a cada uno de esos poderes en la etapa correspondiente”, señaló ese fallo.