¿Tiene asegurado su vehículo con el INS? Conozca los cambios más recientes en su póliza voluntaria

Para comenzar, la aseguradora habilitó la opción de que el cliente pueda reparar el vehículo en el taller de su preferencia, pero en cuanto a la compra de los repuestos se aprobaron cambios significativos

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Si su vehículo está asegurado con una póliza voluntaria del Instituto Nacional de Seguros (INS), tome en cuenta que esta compañía aplicó una serie de modificaciones en los contratos de sus clientes.

Los cambios no alteran el costo de la prima establecida para cada asegurado, pero sí implican una variación contractual. ¿Qué cambió? La aseguradora adoptó nuevos procesos al momento en el que el cliente aplica la póliza.

Por ejemplo, ahora será el INS el encargado de comprar los repuestos para la reparación de su vehículo, y no el taller como se manejaba hasta ahora.

Las modificaciones involucran a toda la cartera de clientes de este tipo de póliza en el INS, sin embargo, entrarán en vigencia a medida que llegue la fecha de renovación de cada contrato.

Los contratos de seguro suelen renovarse una vez al año, independientemente de si se pagan de forma mensual, trimestral, semestral o anual. Cuando llegue esa renovación, a partir del 1.° de marzo del 2020, es cuando le corresponderá aplicar los nuevos procesos, explicó la dirección de Suscripción del INS a las consultas de La Nación.

¿De qué se tratan estas modificaciones? A continuación los cambios aprobados por el INS en el seguro voluntario de automóviles.

Reparación del vehículo.

El cliente puede llevar su vehículo a cualquiera de los 205 Centros de Estimación de Daños (CED) para hacer la valoración de los daños del automotor. El INS le brinda de forma gratuita la confección y autorización de la valoración de los daños.

El listado de estos Centros podrá ser consultado en el sitio web del Instituto: www.ins-cr.com ingresando al apartado “Búsqueda de Centros de Estimación de Daños”.

Aunque la valoración debe realizarla en uno de los CED, ahora la reparación del vehículo puede hacerla en el taller de su preferencia (esté en la lista del CED o no). Esto debido a que “el Instituto no cuenta con una red de talleres para efectuar reparaciones”, indica el comunicado emitido a sus clientes.

Compra de repuestos.

Un cambio importante gira entorno a la compra de repuestos, ya que será el INS quien los cotice y compre. Esta labor ya no le corresponderá al taller, quien antes enviaba un comprobante de las facturas a la aseguradora.

El taller realizará la valoración de los daños, y según las piezas que se necesiten sustituir o reparar, el Instituto comprará los repuestos, según la antigüedad del vehículo.

A partir del segundo cuatrimestre del 2020, el INS será el encargado de adquirir los repuestos de los asegurados, al considerar beneficios como “mejores precios de mercado, calidad y tiempos de entrega en el lugar donde nos indique el asegurado, así como no tener que realizar erogaciones patrimoniales no previstas en el momento del evento”, anotó la dirección de Suscripción del Instituto.

La elección del tipo de repuesto (originales nuevos o usados, o genéricos) ya no le corresponderá al asegurado, sino que se determinará según la antigüedad del vehículo.

Así, los vehículos con una antigüedad igual o inferior a seis años serán reparados con repuestos nuevos originales. Mientras, aquellos que tienen siete años o más serán reparados con repuestos originales usados o nuevos genéricos, según el valor del repuesto en el mercado nacional.

De igual manera, el Instituto podrá valorar casos particulares que se presenten en el proceso de indemnización.

Esta medida es aplicada por la mayoría de aseguradoras privadas, inclusive muchas de ellas utilizan el límite de los cinco años de antigüedad para la compra de repuestos originales nuevos.

Accidentes menores.

El INS exonerará el monto indemnizado en los choques que utilicen la Declaración de Accidente Menor (DAM).

Cada vez que un asegurado utiliza la póliza para reparar el auto o el del tercero, las compañías de seguros registran el monto pagado y el siniestro. Esto les permite determinar si el monto que paga el asegurado debe ser castigado posteriormente.

En este caso lo que cambió el INS, con el objetivo de motivar la utilización del DAM, es que los siniestros que usen el formulario no se contabilizarán en el registro de los siniestros del asegurado (Factor de Experiencia Siniestral).

Esto aplicará siempre que el asegurado cumpla con todas las condiciones establecidas para el uso correcto del documento.

Desde el inicio del 2016 se activó la (DAM), documento creado con el objetivo de agilizar la colisión y evitar las presas, sin embargo no es tan utilizado por los asegurados.

Recuerde que el DAM puede ser utilizado por cualquier persona que cuente con un seguro voluntario de vehículos, en cualquier aseguradora. Se puede utilizar cuando se da una colisión menor, es decir, existen daños materiales, los vehículos pueden moverse sin problema, el siniestro carece de lesionados a simple vista ni fallecidos.

Las partes acuerdan que no intervenga la Policía de Tránsito, toman fotografías y videos del evento, y acuerdan cuáles son sus responsabilidades en la colisión, las cuales se escriben en el documento, que tiene validez ante el Juzgado de Tránsito. Quien no cumpla con su parte del trato puede enfrentar consecuencias legales.