Tribunales fallan en contra de Dos Pinos en litigio por comercialización de queso Turrialba

Sentencia señala que las empresas que interpusieron la querella, Dos Pinos y Sigma, deberán asumir los costos incurridos en el litigio

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Los tribunales de justicia declararon sin lugar la demanda interpuesta por la Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L. en contra del Estado, el Registro Nacional, la Asociación de Productores Agropecuarios de Santa Cruz de Turrialba (Asoproa) y la Asociación Consejo Regulador de la Denominación de Origen Queso Turrialba.

En la decisión, emitida por el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, Segundo Circuito Judicial, San José, en Goicochea, la tarde del 19 de abril, que consta de 70 páginas, también se establece que Dos Pinos y la empresa Sigma (quien se sumó a la causa posteriormente) pagarán los costos incurridos en el litigio.

El abogado representante de Asoproa, Belisario Solano, confirmó a La Nación que recibió la sentencia. “Está confirmada la declaratoria sin lugar de la demanda y fueron condenados al pago de las costas”, señaló.

Sobre el caso, Dos Pinos, señaló este jueves, que es respetuosa del fallo del Tribunal Contencioso Administrativo. “Reiteramos que nuestro principal interés ha sido siempre el respeto y la reglamentación para la coexistencia de nuestra marca queso tipo Turrialba y la denominación de origen”.

La Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R. L. buscaba en los tribunales de justicia mantener la comercialización de su marca de queso “tipo Turrialba” bajo el argumento de la “coexistencia” con la Denominación de Origen (DO) otorgada a la Asociación de Productores Agropecuarios de Santa Cruz de Turrialba (Asoproa).

Dos Pinos señaló, el miércoles 19 de abril, antes de conocerse el fallo, que realizó la inscripción de su marca en el año 2004, fecha en que aún no había sido otorgada la DO a Asoproa. “Hay un principio legal que dice ‘primero en tiempo, primero en derecho’, ya la marca registrada de queso tipo Turrialba existía cuatro años antes que se iniciara con la Denominación de Origen”, dijo a La Nación, Luis Mastroeni, director de Relaciones Corporativas y Sostenibilidad de Dos Pinos.

La DO garantiza la exclusividad en la identificación de un producto debido a sus características propias logradas en una determinada región geográfica.

“Lo que a nosotros nos inquieta es que no hay una regulación de la coexistencia de manera formal, el Registro Público, que tiene la potestad de hacerlo, no ha definido a través de un Reglamento o de una comunicación, cómo es que conviven en el mercado una DO y una marca”, agregó en ese momento.

Al respecto, el abogado representante de Asoproa, Belisario Solano, indicó este jueves, que este aspecto ya había sido dirimido en la causa que se desarrolló por la vía administrativa en el año 2012.

“Es un tema que nosotros habíamos resuelto desde el principio, en el 2012, cuando el tribunal registral administrativo había dicho y nosotros no apelamos absolutamente nada de la coexistencia de las marcas inscritas con anterioridad como el Queso Tipo Turrialba de las Dos Pinos, con eso de la coexistencia nosotros nunca hemos tenido ningún inconveniente y el tribunal así lo plantea”, señaló.

Demanda en 2013

En octubre del 2012, Asoproa obtuvo la DO para el queso elaborado en la zona, 10 meses después, en agosto del 2013, Dos Pinos introdujo una demanda por la vía judicial contra esta agrupación, el Estado, el Registro Público y la Asociación Consejo Regulador de la Denominación de Origen Queso Turrialba.

El representante de Dos Pinos señaló que mantienen una relación desde el punto de vista técnico con Asoproa. “Creemos que se puede coexistir pero lo que nos parece razonable es que se instruya al Registro que determine cómo vamos a coexistir como lo hemos hecho en los últimos 15 años, donde han aparecido 12 diferentes marcas, donde todos hemos vendido y tenemos una sana competencia”.

Indicó que la demanda la realizan en conjunto con la empresa mexicana Sigma que se unió a la causa en el año 2015, y confirmó que en algún momento del proceso sí se pidió se quitara la DO a Asoproa pero fue fallado en contra en dos ocasiones, en 2011 y 2012, por la vía administrativa.

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La Nación solicitó a Sigma sus comentarios sobre el tema, pero al cierre de esta nota no se había logrado respuesta.

Mastroeni comentó que Costa Rica tiene 93 marcas de queso, y del tipo Turrialba hay 12, por lo que negó que la Cooperativa Dos Pinos sea un monopolio.

Lo que indica la Ley

Según la Ley 7978, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, publicada en enero del año 2000, la DO se define como la denominación geográfica, designación, expresión, imagen o signo de un país, una región o localidad, útil para designar un bien como originario del territorio de un país, una región o localidad de ese territorio, y cuya calidad o características se deban exclusivamente al medio geográfico, comprendidos los factores naturales y humanos.

Consultado al respecto, el presidente de Asoproa, Mario Solano, explicó que al establecerse la DO al queso Turrialba, en ningún otro producto que se comercialice en el país podrían aparecer referencias en las etiquetas como “tipo”, “parecido”, “semejante” o “igual” al queso Turrialba, pero además que se estableció la identificación geográfica, en la región específica de Santa Cruz.

La Ley señala en el Artículo 72: “no podrá usarse, en la publicidad ni en la documentación comercial relativa a la venta, exposición u oferta de productos o servicios, una indicación susceptible de causar error o confusión sobre la procedencia geográfica de los productos, por no ser originarios del lugar designado por la indicación geográfica”.

Agrega que: “aun cuando se indique el origen verdadero del producto o servicio pero igualmente genere confusión en el público. Tampoco se permitirá en el registro de marcas el empleo de expresiones tales como: ‘clase’, ‘tipo’, ‘estilo’, ‘imitación’ u otras análogas”.

Sobre esto, Mastroeni de Dos Pinos, aseguró que la marca no saldría del mercado. “Al existir la marca de queso tipo Turrialba antes de la DO, la marca tiene que ser respetada”, indicó.

Citando el Artículo 5 del Reglamento de las Disposiciones Relativas a las Indicaciones Geográficas y Denominaciones de Origen contenidas en Ley 7978, Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, señaló que éste faculta al Registro Público para que instruya la coexistencia entre una marca y la DO.

El artículo señala textualmente que no concederá el registro de la DO “cuando la denominación de origen sea idéntica o semejante a una marca que se hubiese registrado o cuyo registro se hubiese solicitado previamente y de buena fe en el país para distinguir productos o servicios iguales o vinculados a los que la denominación de origen designa”.

A la vez que agrega que: “sin embargo, podrá registrarse una indicación geográfica o denominación de origen y permitirse su coexistencia en el mercado si el Registro considera que puede evitarse el riesgo de confusión en el público y cualquier perjuicio para la capacidad distintiva de la marca mediante el uso en el etiquetado o en la presentación de los respectivos productos de indicaciones aclaratorias suficientes”.

Y el artículo concluye indicando que el Registro podrá dictar las disposiciones necesarias para regular el uso de los signos coexistentes, previa consulta con los titulares.

Mastroeni confirmó que por ello el litigio está dirigido hacia el Registro Público. “Se le está pidiendo al jurado que instruya al Registro para que ordene la coexistencia porque no tendría cabida que eliminaran la marca queso tipo Turrialba porque está antes de DO, la coexistencia se puede dar, eso cabe en nuestro país, pero el Registro debe reglamentarlo”.

“El proceso de la DO a la hora de otorgársela a los productores de queso de Turrialba no contempló la coexistencia, eso es lo que debió haber concretado el Registro y no lo ha hecho”, apuntó.

Sin especificar volumen de ventas

Sobre el valor o volumen de ventas del queso tipo Turrialba, Mastroeni dijo que esta información no la revelan por políticas internas, sin embargo, Francisco Arias, gerente de Relaciones Institucionales y Ganaderas de Dos Pinos lo calificó de “muy relevante”.

Arias explicó que la producción de queso consume gran cantidad de leche y señaló que el nombre de Turrialba se ha convertido en un sinónimo del queso fresco gracias a la capacidad de distribución de Dos Pinos.

Confirmó que para lograr el queso se le agregan bacterias a la leche para obtener la cuajada y en posteriores procesos obtener el producto. “La leche no contiene ninguna particularidad, la leche producida en San Carlos, en Turrialba, producida en cualquier parte del país puede ser materia prima para producir el queso fresco”.

Por su parte, Mario Solano, presidente de Asoproa, aseguró que el legítimo queso Turrialba se produce artesanalmente. El Consejo Regulador de la Denominación de Origen del Queso Turrialba, que también preside, se encarga de otorgar los certificados de DO a las marcas de los productores de la zona una vez que completan todos los requisitos establecidos en las normativas.

Maritza Solano, propietaria de la marca Del Guayabal, certificada en 2021 por el Consejo Regulador, es miembro de Asoproa y ya comercializa el producto en una cadena de supermercados del país.

Consideró que aprovechar los canales de distribución que vienen utilizando para dar a conocer la denominación de origen es una ayuda al productor. “Si Del Guayabal crece podemos comprar leche a muchos más productores de la zona”, señaló.

Dijo que la DO ayuda a despertar el interés de los productores por colocar con mejores precios la leche y el queso, para ello continúa el proceso de capacitación y mejora de infraestructura para que se logren más certificaciones de marcas en la región.

(*) Nota del editor: el título y contenido de esta información fueron actualizados a las 7:00 a. m. con el resultado de la demanda.