Precio de alquiler podrá subir hasta 11,11%, según nuevo ajuste máximo autorizado

El Ministerio de Vivienda publicó, el 8 de agosto, la nueva cifra del reajuste máximo de los alquileres, aunque el aumento puede ser menor, recordó el viceministro de esta cartera

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El Ministerio de Vivienda definió que el reajuste anual máximo para el alquiler de vivienda para el mes de julio del 2022 equivale a 11,11%, según publicó en su página web, el 8 de agosto pasado.

Esta cifra es un poco menor a la variación del índice de precios al consumidor de los últimos 12 meses que concluyeron en julio, que fue de 11,48%.

Este ajuste se hizo con base en el artículo 67 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, el cual dicta que cuando la tasa de inflación acumulada de los doce meses anteriores al vencimiento de cada año del contrato sea mayor al 10%, el Ministerio de Vivienda establecerá el porcentaje adicional de aumento que se aplicará al alquiler de la vivienda, siempre que no sea inferior a ese 10% ni mayor que la tasa anual de inflación.

Según el índice de precios al consumidor, solo el costo del alquiler de vivienda registró un incremento de 3,3% entre julio del 2021 y julio del 2022, menor al 11,48% que tuvo el indicador general que incluye 289 bienes y servicios.

Esta diferencia, según ha indicado el Centro de Estudios del Negocio Financiero e Inmobiliario (Cenfi), indica que esta magnitud de diferencial difícilmente se podría sostener y aunque no prevén aumentos por el valor de todo ese diferencial, es muy predecible que los precios de los alquileres tiendan a aumentar a lo largo del año 2022, como ya lo han venido haciendo.

Para el mes de junio del 2022 el reajuste anual máximo para el alquiler de vivienda fue de 10,05%.

Pablo Guier, abogado y presidente de la Cámara de Propietarios de Bienes Inmuebles, explicó que, desde el punto de vista práctico, este dato es el máximo que se aplica para los contratos que vencen en agosto. Se intentó confirmar esta información también con el Ministerio de Vivienda, pero indicaron que podrían responder hasta el martes 23 de agosto.

La citada ley establece que el reajuste regirá a partir del periodo de pago siguiente a aquel en que el arrendador notifica al arrendatario el reajuste de su pago.

En un video distribuido por el Ministerio de Vivienda, el viceministro, Roy Allan, explicó que este es un máximo, pero que las partes pueden negociar un monto menor.

“Es importante recalcarle a la ciudadanía que el aumento para los contratos que vencen puede ser menor a lo definido en la fórmula de reajuste, pero no puede superar lo establecido por la fórmula, esto para conocimiento tanto de los inquilinos, como de los arrendatarios”, explicó el funcionario.

Según la información de la Encuesta Nacional de Hogares en el 2021, último dato disponible, habían 288.089 viviendas de alquiler en Costa Rica.