Nuevo criterio para calcular IVA en tercerización de servicios podría elevar costos de contratación

En respuesta a consultas que hicieron contribuyentes, Tributación indicó que las empresas deben cobrar el IVA sobre el monto total del servicio y no solo sobre la comisión de la empresa administradora

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Subscribe

Las empresas que realizan tercerización de servicios deben cobrar el IVA (impuesto al valor agregado) a sus clientes sobre el monto total del servicio y no solo sobre la comisión, como se había entendido hasta ahora.

Así lo indicó la Dirección General de Tributación en respuestas a consultas planteadas por contribuyentes bajo el artículo 119 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el cual permite a las personas hacer preguntas sobre hechos concretos.

La tercerización de servicios surge cuando una empresa subcontrata a un tercero para que haga determinada labor, por ejemplo, para encargarse de la seguridad de sus instalaciones, la limpieza o para atender las consultas de los clientes, como es el caso de los call centers.

Las empresas que ofrecen estos servicios cobran una comisión y generalmente también tienen empleados propios.

Francisco Villalobos, socio de ICS Consultores, quien tuvo acceso a algunas de estas respuestas, explicó que el año pasado algunas empresas de tercerización de servicios le consultaron a Tributación si la base imponible del IVA era solo sobre la comisión que cobra la empresa por el servicio o sobre el costo total y Tributación les había contestado, mediante el oficio DGT-454-2020, de marzo del 2020, que era solo sobre la comisión.

Sin embargo, posteriormente modificó esta opinión.

“Ahora Tributación cambió de criterio y a todos a los que les habían dicho que era sobre la comisión les están notificando de vuelta y les están diciendo: nosotros cambiamos de criterio: usted tiene que calcular el IVA sobre el total”, indicó Villalobos.

Lo anterior quiere decir que el impuesto de 13% se calcula sobre los salarios, cargas sociales y el servicio de la empresa; “ya no se distinguen los componentes como antes se distinguían”, detalló este especialista.

“La industria había entendido, hasta ahora, que el monto que trasladaba el cliente a la empresa que pagaba su planilla, debía tratarse como un reembolso, pero ahora, los proveedores deberán cobrar IVA sobre un monto mucho mayor, haciendo que el impacto financiero del impuesto ponga en entredicho la conveniencia de contratar este tipo de servicios”, agregó.

Al aplicar el IVA sobre una base mayor el monto a pagar del impuesto sería mayor y eso podría encarecer el servicio; o también la empresa que terceriza servicios podría modificar sus tarifas para paliar el nuevo costo. Todo depende de la estructura del mercado.

Carlos Vargas, director general de Tributación, explicó que las consultas que se hacen con base en el artículo 119 atienden las interrogantes planteadas por los contribuyentes dentro del cuadro fáctico que ellos plantean.

Lo anterior significa que si consultas posteriores aportan elementos que previamente no se han considerado dan lugar a un ajuste del criterio en función de elementos nuevos que se aportan a la discusión.

Añadió que en el caso de estos servicios hay una tercerización del servicio y lo que se contrata es un servicio completo, por lo que no se podría fraccionar un pago de otro.