BCCR advierte a bancos ‘obligación’ de entregar datos de clientes sin anonimizar

Procesos en Sala IV y Prodhab no suspenden requerimientos de información de deudores, ahorrantes y depositantes, según dictamen jurídico del Banco Central

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El Banco Central de Costa Rica (BCCR) remitió un oficio a los bancos comerciales en el cual advierte que están “obligados” a entregar, “en tiempo y forma”, los datos de los ahorrantes, depositantes y deudores sin anonimizar.

La entidad envió la misiva a la gerencia general de las entidades bancarias este jueves 14 de setiembre, en la que argumenta contar con respaldo jurídico para continuar requiriendo información con la identificación de las personas y empresas, y no de forma global, es decir, anónimos.

La solicitud, firmada por la gerenta del BCCR, Hazel Valverde Richmond, cuya copia tuvo acceso La Nación, adjunta el criterio DAJ-CJ-0079-2023 emitido por la División Asesoría Jurídica de la institución, el que señala que la entidad posee un fundamento jurídico sólido, válido y vigente para continuar haciendo requerimientos de información.

“La Ley del Sistema de Estadística Nacional (SEN), del cual del BCCR forma parte, establece en su artículo 16 la obligación de todas las personas físicas y jurídicas e instituciones públicas, de brindar la información requerida para fines estadísticos, y en caso de incumplimiento la norma establece un régimen sancionatorio que debe aplicarse”, se previene en el oficio legal publicado por El Observador.

En el análisis, realizado de forma verbal por petición de la Gerencia del BCCR, la entidad justifica el requerimiento de los datos y señala que la interposición de la acción por inconstitucionalidad de la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) no suspende la eficacia ni la aplicabilidad de ninguna de las normas impugnadas.

“Hoy en día no existe una orden de carácter judicial o administrativo que restrinja al Banco Central de hacer uso de la prerrogativa que le otorga la ley de solicitar información con fines estadísticos”.

— Banco Central, oficio DAJ-CJ-0079-2023, del 14 de setiembre

Por tanto, es absolutamente legítimo que la institución siga fundamentando sus requerimientos de información con fines estadísticos, se explica en el oficio.

Además agrega que el proceso administrativo iniciado por la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) se encuentra suspendido hasta que la Sala Constitucional se pronuncie respecto a la acción de inconstitucionalidad introducida por la ABC.

El criterio técnico señala que la medida cautelar dictada en este proceso administrativo tiene como objetivo que el BCCR suspenda la solicitud de información a la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef). Además, ordena a esta superintendencia que no remita información al ente emisor.

“Hoy en día no existe una orden de carácter judicial o administrativo que restrinja al Banco Central de hacer uso de la prerrogativa que le otorga la ley de solicitar información con fines estadísticos”, concluyó el ente emisor.

Desde mediados de agosto pasado, el BCCR enfrenta cuestionamientos por parte de distintos actores, tanto dentro como fuera del sistema financiero nacional. Estos cuestionamientos se originaron a raíz de las solicitudes de información individualizada de personas y empresas.

La controversia surgió después de que la Sugef hiciera pública la denuncia penal presentada por el ente rector de la política monetaria contra la superintendenta general de entidades financieras, Rocío Aguilar Montoya, por el supuesto delito de desobediencia a la autoridad.

Tanto el ente emisor como la ABC confirmaron que, desde el año 2016, las entidades financieras entregan la información de ahorrantes y depositantes, incluyendo la identificación del titular, para la elaboración de la tasa básica pasiva.

En cuanto a los datos de los deudores, el Banco Central no tenía acceso a esta información. Inicialmente, en noviembre de 2022, la solicitó a Sugef, pero la entidad supervisora se negó a proporcionarlos.

A partir de diciembre del mismo año, el Banco Central comenzó a solicitar directamente esta información a los bancos más grandes del país, como el Banco Nacional, el Banco Popular, el Banco de Costa Rica (BCR) y el BAC Credomatic.

Los jerarcas que se negaron a brindar los datos sin anonimizar fueron denunciados en la vía penal por el supuesto delito de desobediencia a la autoridad. El caso de la jerarca de la Sugef y el gerente del Banco Nacional, Bernardo Alfaro.

Uso de información

En la carta remitida a los bancos, el BCCR indica que con la información detallada de las cuentas de captación (depósitos del público) de cada cliente elabora indicadores como la tasa básica pasiva (TBP).

Además, la entidad utiliza estos datos para analizar el impacto de cambios en los patrones de ahorro y endeudamiento de las personas, o identificar presiones inflacionarias.

A raíz de hacerse pública la exigencia de los datos por parte del BCCR, varios sectores, entre ellos la Oficina del Consumidor Financiero (OCF) y la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), se han pronunciado públicamente.

En tanto, la Comisión de Control de Ingreso y Gasto Público de la Asamblea Legislativa convocó a la Junta Directiva del BCCR y a la gerente de la entidad, Hazel Valverde Richmond, para proporcionar explicaciones sobre la solicitud de información de deudores sin anonimizar.